El Adelantado de Segovia
domingo, 14 junio 2026
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
El Adelantado de Segovia

Un conductor es despedido por fumar en su camión y todo acaba en los juzgados: así se posicionaron los tribunales

por Paco Magar
16 de diciembre de 2025
Despedido por fumar

Un conductor es despedido por fumar en su camión

Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en WhatsApp

LF2 y soñar despiertos

El biometano y el desarrollo del medio rural segoviano

Contribuye al funcionamiento normal

La lucha para eliminar el humo de tabaco de espacios públicos y laborales lleva varias décadas, y aunque parece haber ganado la batalla, todavía genera focos de resistencia. Realmente es sentida por muchos fumadores como un ejercicio de opresión por parte de la mayoría, y una especie de violación de sus derechos fundamentales.

Pero lo cierto es que está más que probado que el tabaco no solo afecta al que lo fuma, sino también al que respira el humo, y que además puede ser un hábito peligroso, que puede ser causa de accidentes laborales y de tráfico. Es por ello que tiene sentido que fumar en espacios laborales, como la cabina de un camión, se considere una falta grave.

Despedido por fumar mientras conduce

Un conductor que llevaba 3 años trabajando en una empresa de recolección de residuos, Griñó Ecolocic, S.A., fue despedido en 2023, cuando se descubrió que fumaba en la cabina del camión y mientras conducía.

Algo deben haber sospechado en la empresa, porque el hecho, prohibido por las normas de la compañía y por la legislación antitabaco, fue documentado por un detective privado contratado para seguirlo.

El detective fotografió al conductor encendiendo un pitillo en una estación de servicio y luego emprender la marcha, una acción que la empresa consideró una falta grave, a la que se sumó una empresa que se quejó porque el conductor había llegado una hora antes de lo acordado.

En este caso, llegar antes se considera una falta porque se le había ordenado expresamente que se presentara en las instalaciones de un cliente una hora después, cosa que no hizo para atender compromisos familiares.

La acción del trabajador de fumar en el camión violaba la cláusula adicional sexta del contrato de trabajo, en la que se prohíbe fumar tanto “en los centros de trabajo, incluso en las zonas libres, como en el interior de los vehículos y elementos de transporte de la empresa”.

En consecuencia, en diciembre de 2023 fue objeto de un despido disciplinario.

El caso va a tribunales: decisión a favor del conductor

El trabajador consideró injusto el despido y llevó su caso al Juzgado de lo Social N° 16 de Barcelona, donde el fallo le resultó favorable.

En la sentencia, hecha pública el 28 de marzo, el tribunal entendió el despido como improcedente y ordenó a la empresa readmitirlo, o si no, indemnizarlo con 9.626 euros.

Una de las razones que pesaron en esta decisión es que el trabajador, en los tres años como conductor, no había recibido ninguna amonestación.

La decisión del TSJ

La empresa no quedó satisfecha con esta decisión y presentó un recurso de suplica, que equivale a una apelación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, donde el caso fue llevado por los magistrados Miguel Ángel Purcalla Bonilla (presidente y ponente), Gregorio Ruiz Ruiz y Salvador Salas Almirall.

En la sentencia 5605/2025 el TSJ Cat falló esta vez a favor de la empresa, revocando la decisión del Juzgado de lo Social, considerando que la empresa había actuado ajustada a derecho al despedir al trabajador por una falta considerada como “muy grave”, aunque no existieran amonestaciones previas.

Para el TSJ, la causa de despido disciplinario está completamente justificada: el trabajador fumó en el camión, sabiendo que estaba prohibido, y además lo hizo en una estación de servicio. Con esta acción vulnera su contrato de trabajo y también el convenio colectivo y la Ley Antitabaco.

Y concluye: “Si a ello sumamos la voluntaria desobediencia del actor a cumplir con la orden de horario al cliente, es claro que la doble imputación, acreditada, debe ser motivo de la declaración de la procedencia del despido”.

Compartir en Facebook122Compartir en X76Compartir en WhatsApp
El Adelantado de Segovia

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

  • Publicidad
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • KIOSKOyMÁS
  • Transparencia
  • Términos y condiciones
  • Términos y condiciones

¡Gracias!

Para ofrecer las mejores experiencias, nosotros y nuestros socios utilizamos tecnologías como cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. La aceptación de estas tecnologías nos permitirá a nosotros y a nuestros socios procesar datos personales como el comportamiento de navegación o identificaciones únicas (IDs) en este sitio y mostrar anuncios (no-) personalizados. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Haz clic a continuación para aceptar lo anterior o realizar elecciones más detalladas. Tus elecciones se aplicarán solo en este sitio. Puedes cambiar tus ajustes en cualquier momento, incluso retirar tu consentimiento, utilizando los botones de la Política de cookies o haciendo clic en el icono de Privacidad situado en la parte inferior de la pantalla.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Estadísticas

Marketing

Características
Siempre activo

Siempre activo
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Administrar opciones
  • {title}
  • {title}
  • {title}
No Result
View All Result
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda