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Las nuevas normas promueven la actividad urbanística en 86 municipios

por Juana Hita Barrenechea
25 de abril de 2018
José Luis Sanz Merino, durante la presentación del nuevo documento de planeamiento provincial. / KAMARERO

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Las nuevas normas subsidiarias de planeamiento municipal con ámbito provincial elaboradas por la Diputación de Segovia favorecen la concrección de los cascos urbanos y promueven la actividad urbanística en los pequeños municipios. El documento, que recibirá hoy el visto bueno del pleno provincial, regulará el planeamiento de 86 ayuntamientos segovianos que no disponen de normativa urbanística propia.

La Diputación ha llevado a cabo la modificación de las normas subsidiarias provinciales, de un planeamiento publicado en el año 1996 y modificado en 2003, y que desde entonces no había sido revisado. La nueva normativa dará cobertura a 104 núcleos de población, de esos 86 municipios. El diputado de Administración y Personal y portavoz del Grupo Popular, José Luis Sanz Merino, presentó ayer en rueda de prensa la propuesta elaborada, cuyo objetivo es “aportar una mayor claridad y seguridad jurídica a los municipios que no cuentan con su propia normativa urbanística, tanto para los operadores urbanísticos, como para los ciudadanos, colectivos, propietarios e inversores”. En su opinión, “la seguridad jurídica crea certezas, las certezas confianza que permite afrontar retos, negocios, inversiones y fomento de la riqueza, siendo esto un elemento más en la lucha contra la despoblación”.

Al mismo tiempo, la Institución también pretende dar cumplimiento a lo establecido en el Plan de Modernización, donde se incluía la actualización de dicho documento, y adaptar el documento las sucesivas modificaciones de la legislación urbanística, entre las que se encuentra la Ley y Reglamento de Urbanismo de Castilla y León. De hecho, se ha modificado el texto de la normativa, siendo de especial relevancia, según destacó Sanz Merino, la delimitación de suelo urbano de los municipios de la provincia sin planeamiento urbanístico, además de aportar la cartografía más actual de información sobre el suelo rústico (espacios naturales, infraestructuras de comunicaciones, redes de alta tensión,…). Hay que tener en cuenta que estas normas no tienen capacidad jurídica para clasificar suelo y se respeta lo dispuesto en la normativa urbanística y sectorial.

Entre las modificaciones realizadas en relación a las actuales normas, se han adaptado las definiciones de suelo rústico y urbano, se han redefinido algunos usos, como equipamiento, vivienda, servicios urbanos o vías públicas, y se regulan nuevas cuestiones, como la declaración responsable en obras menores, y se eliminan otras que han desaparecido de la ley.

Otro de los cambios que ha experimentado el documento se refiere al suelo rústico protegido, ya que de acuerdo con la legislación vigente se deben establecer tres tipos diferentes: con protección natural, con protección cultural y con protección de infraestructuras. También se ha aprovechado esta revisión para realizar las correcciones de diferentes artículos, la eliminación de otros y la reorganización de los mismos. José Luis Sanz Merino puso como ejemplo la reordenación de las condiciones de edificación y estéticas, “flexibilizando las mismas pero evitando en lo posible, que se deteriore tanto la imagen de los pequeños núcleos como las condiciones de convivencia en ellos”. A este respecto, se han suprimido gran parte de los condicionantes de los usos de hostelería, educacional, deportivo, industrial y de vivienda rural, entre otros, remitiendo a su normativa específica y simplificando su utilización. Se admite la consideración de otras tipologías residenciales, como el apartamento, o los alojamientos de turismo rural, facilitando el establecimiento de este tipo de iniciativas.

Otra de las novedades es un nuevo apartado para regular las zonas ajardinadas y así limitar el riego excesivo, potenciar la plantación de especies vegetales autóctonas y prohibir las especies alóctonas invasivas.

La confección del documento que, una vez sea aprobado por el pleno se elevará a la Junta de Castilla y León para el inicio del expediente, su exposición pública y tramitación sectorial, ha sido elaborado por la Oficina Técnica del Servicio de Asesoramiento a Municipios. Se han invertido dos años en visitar cada núcleo de población, analizar su situación y actualizar el perímetro urbano, manteniendo reuniones y encuentros con los alcaldes de los núcleos afectados.

De hecho, estas normas pasan de ser una figura de planeamiento urbanístico a ser un instrumento de ordenación del territorio que afecta al ámbito de la provincia de Segovia.

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