Las formaciones independentistas catalanas afinan su presión en la consecu-ción de cesiones por parte del Estado a Cataluña: la financiación autonómica con la cesión del 100% del IRPF, la condonación de la deuda y el traspaso a la Generalitat de nuevas competencias gestoras desde la Agencia Estatal de Ad-ministración Tributaria.
En las conversaciones entre el PSC y ERC dentro de la negociación de los Presupuestos de la Generalitat para 2026, estos partidos han pactado la inyec-ción de 527 millones de euros en la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), lla-mada a convertirse en el sustituto de la Administración Tributaria estatal en dicho territorio. Un paso más en la disgregación de la gestión tributaria estatal, dado que la Agencia Tributaria de Cataluña aspira a gestionar el IRPF con la consiguiente necesidad de medios humanos, materiales, económicos y tec-nológicos.
Los expertos en fiscalidad concluyen en que ampliar las competencias de las Comunidades Autónomas sobre impuestos cedidos (IVA e IRPF) dificultará la gestión de información tributaria y la lucha contra el fraude fiscal, al mismo tiempo que afectaría al principio constitucional de igualdad tributaria por el dis-tinto tratamiento administrativo por razón del territorio.
Además, el citado acuerdo elimina la mayoría del Estado en el Consorcio de la Zona Franca y fija 5.000 millones de euros a invertir en una nueva línea de tren en la región metropolitana de Barcelona. Mientras que aquí las Comunidades de Castilla y León, Galicia y Asturias ven retrasado el proyecto del Corredor Atlántico para permitir el acceso ferroviario del interior a puertos o la conexión con otros territorios y con Europa.
Los compromisos asumidos por el presidente de la Generalitat incluyen además nuevas inversiones en educación, sanidad y promoción del catalán. Una deriva discriminatoria que comenzó con el denostado Zapatero y continúa con los Gobiernos de Pedro Sánchez: promoción de la fábrica de micro chips en Barcelona, el Supercomputing Center, BSC-CNS que albergará el MareNostrum Ona, un ordenador cuántico, y el reciente CaixaResearch Institute para la investigación en inmunología. Unas medidas que confirman que las comunidades ricas seguirán manteniendo su privilegiada posición, mientras que las comunidades desfavorecidas ven mermados sus niveles de crecimiento. Es decir, se fomenta el mantenimiento de las dos Españas. Desde el punto de vista económico, una rica y otra pobre que ha de soportar el peso de los de arriba.
Volviendo al tema que nos ocupa, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el principal impuesto del sistema tributario español, por su relevancia en el ámbito recaudatorio, distributivo y asignativo. Importancia que se refuerza en el panorama tributario español por la alta visibilidad con el que es percibido el impuesto por los contribuyentes y la influencia que ejerce sobre el propio sistema tributario español, así como respecto a la financiación auto-nómica y local. El IRPF es el impuesto que sistemáticamente genera la mayor recaudación, tanto si se mide en términos absolutos como si se realiza en términos relativos de PIB y de recaudación impositiva. En definitiva, el IRPF es el eje central de la imposición en España, tanto por razones jurídicas como económicas. Es el impuesto de mayor recaudación y el que permite el mandato constitucional de progresividad del sistema tributario español contemplado en el artículo 31.1 de la Constitución Española. La progresividad del impuesto lo convierte, además, en un instrumento útil para la estabilización económica a lo largo del ciclo y su versatilidad permite también introducir incentivos en favor de aquellas actividades o rentas que en cada momento son prioritarias para los principios rectores de la política económica.
Al mismo tiempo, ha de subrayarse la contribución del IRPF al efecto redistributivo del sistema fiscal global, dado que este impuesto tiene el efecto redistributivo más elevado, con capacidad suficiente para neutralizar y revertir el efecto desigualador de los impuestos indirectos. En definitiva, el IRPF debe mantenerse como impuesto estatal y gestionado íntegramente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria con la finalidad de obtener una serie de ingresos por parte del Estado y así poder cumplir con el mandato de promover la solidaridad entre todos los españoles, mandato recogido en el artículo 2 de nuestra Constitución: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Por tanto, no cabe la ampliación del porcentaje de cesión del rendimiento del IRPF a las Comunidades Autónomas ni las transferencias relativas a la gestión de ese gravamen, lo que pondría en grave riesgo el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad tributaria y solidaridad entre todos los españoles.
