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Déficit democrático

por Alberto Martín Baro
13 de febrero de 2021
ALBERTO MARTIN BARO
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El paso por la ciudad de Gómez de la Serna y Puig

ACCIÓN-REACCIÓN

DON QUIJOTE Y LA FELICIDAD

Durante los largos años del franquismo, quienes viajábamos o estudiábamos en países de la Europa democrática echábamos de menos en España la existencia de partidos políticos, o sea, uno de los rasgos más señalados de la democracia representativa. En el régimen franquista se impuso la llamada democracia orgánica, que se basaba en la participación política de los ciudadanos a través de los denominados tercios orgánicos, a saber, la familia, el sindicato (vertical) y el municipio. El escaso poder de las Cortes y la prohibición de los partidos políticos hicieron que semejante participación fuera en la práctica inexistente.

Traigo a colación este breve apunte histórico en un momento en el que se ha planteado en nuestro país un debate sobre la calidad, o incluso la realidad, de nuestra democracia. El vicepresidente segundo del Gobierno ha declarado que en nuestro país la existencia de presos políticos pone en duda la normalidad democrática española. A lo que la ministra de Asuntos Exteriores ha respondido que en España hay políticos presos, no presos políticos.
Esta polémica no hace sino ocultar el verdadero déficit democrático de la España actual, que sin ánimo de ser exhaustivo yo resumiría en los siguientes puntos.

1. El ataque por parte del mismo Gobierno a la separación de poderes y a la independencia del poder judicial.

2. La corrupción generalizada de los partidos políticos –a excepción, que sepamos, de Ciudadanos y Vox–, más centrados en la defensa de sus intereses partidistas que en el bien común. Somos muchos los que añorábamos a los partidos políticos los que en la actualidad nos encontramos huérfanos de representantes cualificados y honestos, y en las elecciones no sabemos a qué siglas votar y a menudo optamos por la abstención o el voto en contra.

3. La práctica inexistencia de actividad parlamentaria y la conculcación por la vía de hechos consumados y del decreto-ley de artículos básicos de nuestra Constitución, empezando por el Artículo 116: “El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo”. A esta violación se unirían los ataques a la unidad de España, consagrada en el Artículo 2 de la Constitución, y al uso del castellano como lengua común, desterrado en la Ley Celáa: “El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla”.

A pesar de estas y otras violaciones de nuestro ordenamiento constitucional, se mantienen en España otros pilares básicos en los que se sustenta la democracia, como las elecciones libres y la libertad de reunión, expresión y organización. Libertad de expresión que permite a Pablo Iglesias poner en duda la democracia de su país.

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