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Javier Jiménez – ¿Segoviana SAD?

por Redacción
27 de marzo de 2019
javier jimenezdeportes 1
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El título entre interrogaciones tiene su historia: ¿La Gimnástica Segoviana C.F. será Sociedad Anónima Deportiva? En distintos medios de comunicación algunos miembros de la actual junta directiva ya se están pronunciando sobre su interés en llevar adelante la conversión de nuestro señero club en esa forma societaria. El presidente no desvela su particular pensamiento, y manifiesta que será la masa social la que, en definitiva, vaticine su transformación o no. Buena táctica y política la de Agustín. El caso es que hay algunas incógnitas que habrá que despejar; porque la equis tiene muchos rabos, y antes de dar un paso tan importante, hay que asegurar cómo se realiza y con quién se cuenta en ese paso.

Pero este comentarista está para algo, digo yo… y lo mío no es dar la noticia; que para eso están mis compañeros redactores de El Adelantado, ni callarme sin opinar. En tal sentido hay opiniones para todos los gustos. Algunos sentencian que si llega un mecenas poniendo un montón de petrodólares con la idea de transportarnos en 4 o 5 años a la división de plata, puede estar bien y ser bonito. El problema es que, lo consiga o no, un día se canse, y teniendo la mayoría de la pasta en forma de acciones, nos deje en la estacada y nos lleve otra vez al infierno arrastrando un déficit brutal que haga peligrar nuestra propia existencia.

Hay otros que prefieren continuar como hasta ahora: trabajando como hormiguitas, pela a pela, confiándonos a la suerte de contratar jugadores baratos pero que sean buenos, o a la cantera, y que ambos nos ilusionen para jugar el ascenso; y si no, a seguir en tercera, categoría que conocemos muy bien, quizá demasiado bien.

Mi discreta opinión es que existiera una fórmula en la que, con esa sociedad constituida, se arbitrara la posibilidad de limitar a un número máximo de acciones por socio; es decir, que en ningún caso pudiera llevarse uno el 51%. Tal supuesto vendría determinado reflejándose en los estatutos sociales y que fuesen acciones nominativas. Por tanto, que la titularidad de esas acciones se encontrase muy dividida entre muchos socios. Por ejemplo, esta circunstancia acontece en la S.D. Eibar, que tiene 11.130 accionistas.

En resumen: la decisión depende, como es evidente y legítimo, en la decisión de los socios a tenor de una asamblea extraordinaria como requisito para tratar un tema de este calado.

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