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José María Martín Sánchez – El ¿extraño? caso del Obispo Brizuela

por Redacción
5 de marzo de 2020
JOSE MARIA MARTINDEPORTES
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POLÍTICOS “AUTÉNTICOS”

EN RESPUESTA AL CONCEJAL POLARIZADOR

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Pongo al lector en antecedentes. Fallecido Alfonso Márquez de Prado, nacido en El Espinar en 1557, que había sido obispo de Segovia entre 1618 y 1621, el rey Felipe IV “propone” al Papa, Urbano VIII, que ocupe la silla episcopal segoviana Iñigo de Brizuela y Arteaga (Berlanga de Duero, Soria, 1557).

El referido, al que el señor Rey se trajo de los Países Bajos para entrar directamente a su servicio en 1621, tanta confianza tenía en él que le proporcionó los siguientes cargos correlativos:

-Confesor del Archiduque Alberto;

-Miembro de su Consejo de Estado;

-Presidente en el Almirantazgo (1);

-Vicario General de Flandes…

Con toda esa carga de cargos le dice su jefe:

“Serás” obispo de Segovia, que harás compatible con el de presidente del Consejo de Flandes (2)

Aquella real decisión dejó “ojipláticos” a los que practicaban, como ahora y por los siglos de los siglos, amén, el adivinar quién ocuparía los puestos de dedo.

El soriano está contrariado. En la corte no se entendía su postura. A título de curiosidad les cuento que solo por desempeñar (o como mejor se entienda), su puesto en el Almirantazgo percibía la tontería de 300.000 maravedís/año.

Pero, la “cosa” del sexto “nombramiento” siguió adelante. Demostrado quedaba que a quien interesaba más que fuera obispo era al Rey. Brizuela le envía carta poniendo todas las “trabas” posibles para no aceptar. Entre ellas que no eran compatibles los dos “trabajos”: el de obispo y el del Consejo.

Qué raro era aquello. ¡Un trabajador poniendo reparos al Rey!

Me pongo en “plan” busca que te buscaré para comprobar si hay gato encerrado (3). En la “pesquisa”, encuentro que en la Diócesis de Segovia, Estatuto del Cabildo, figura el siguiente párrafo aprobado en Sínodo: “Ningún prelado podrá ser admitido a su gobierno si no hace voto de juramento sobre el misterio de la Purísima Concepción”.

“Descuelgo el busca” y ¡date! Brizuela era dominico y su orden no defendía, precisamente, el referido voto. Es decir, que Íñigo era conocedor de lo recogido en el Estatuto del Cabildo y que él no iba jurar ni a “votar”.

En ese camino, para completar pasaje, me propuse encontrar respuesta más concreta. Al final del túnel encuentro, creo, un lugar con luz que da con la clave de esta anómala situación. Lean:
“No llegó a tomar posesión (Brizuela) de su ministra por ciertas dificultades que se suscitaron y que fueron orilladas por la intervención del Papa y de Francisco de Contreras y Ribera (Segovia 1543), Presidente del Consejo Real de Castilla. El Papa dispensó la formalidad del juramento”.

“Entrecomillado” literal del libro “Memorias Históricas de Berlanga”, pags. 127-128, de Juan Manuel Bedoya, dean de la Catedral de Orense. Año 1845.

¡Tócate!

Por las claras:

-No prestó juramento Brizuela como exigía la norma sinodal.

-El Papa, que debió respetar al Cabildo, no quiso enfrentarse al Rey y el propuesto Obispo de Segovia ejerció durante dos años por real imposición.

Hubo cartas del Papa al Rey, de este al presidente del Consejo Real de Castilla y este al Cabildo para pedir que abrieran la mano. Tema “solucionao”.

Bueno ¿y qué? Pues eso, que quinientos años no han sido suficientes para que “yo mando” continúe triunfando por encima de la ley. Y lo hacen, hoy igual que ayer, los que han de guardarla y hacer cumplir.

¡Anda que no!

El único sujeto de esta historia que fue honesto consigo mismo fue Íñigo de Brizuela. Defendió su postura ante el mismo Rey al que avisó de las consecuencias. Dos años después, porque el monarca lo necesitaba más en el Consejo, abandonó el obispado. Año 1624.

En su posterior testamento dejó 8.000 reales para la diócesis.

Brizuela, participó en el descubrimiento de la imagen de la Virgen de la Aparecida en noviembre de 1623, autorizando la primera romería en mayo del siguiente año.

En el puesto le sucedió Melchor de Moscoso, capellán Mayor del Rey. Año 1624. Ocho años permaneció en la diócesis. Renunció a su cargo, después de un gran pontificado, para tomar hábito de cartujo.

=========

(1) En 1625 se creó la Real Junta del Almirantazgo, órgano encargado de combatir el contrabando. “Los Miembros de la Real Junta del Almirantazgo”. Fco. Javier Díaz. Univ. de Alcalá. Pago. 195.

(2) Consejo de Flandes (1588-1702). Su misión fue la de provisión de cargos, tanto laicos como eclesiásticos.

(3) “Haber causa y razón oculta o secreta, o manejos ocultos” RAE.

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