El Adelantado de Segovia
martes, 16 junio 2026
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
El Adelantado de Segovia

Juan A. Folgado – La necesaria reforma del sistema electoral español

por Redacción
11 de julio de 2019
juan antonio folgado pascual
Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en WhatsApp

Adecco prevé la formalización de 55.100 contratos en la Comunidad entre junio y agosto

Comienzan las obras de la nueva iluminación artística del Acueducto

El verano en la región será un grado y medio más cálido que la media

Tras los procesos electorales celebrados el 28 de abril y el 26 de mayo, los ciudadanos de a pie asistimos atónitos a las dificultades para formar no sólo el Gobierno de España, sino también gobiernos autonómicos y, en menor medida, locales; así como a retrasos muy significativos en su constitución. De ahí que resulte de cierta utilidad realizar algunas reflexiones al respecto, con el ánimo de mejorar en lo posible el funcionamiento político de España, del que depende nuestro bienestar.

Los sistemas electorales en nuestro país datan del inicio de la transición democrática y se hicieron con un afán de conseguir estabilidad en las instituciones, así como consolidar los partidos políticos que concurrían en el proceso democrático. Así para el Congreso de los Diputados, de cuya correlación de fuerzas sale el Gobierno de España, se determinó el sistema proporcional corregido (Regla D´Hont), aplicado a cada circunscripción provincial y a Ceuta y Melilla. En cada una de las Comunidades Autónomas existe un Parlamento Autonómico, que se elige de forma similar y de cuya voluntad salen elegidos los Gobiernos Autonómicos. En los municipios también se eligen los concejales por la Regla D´Hont y de la votación entre los mismos se elige la Alcaldía. En todos estos casos las candidaturas van en listas cerradas y bloqueadas, por lo que son los aparatos de los partidos y no los votantes quienes imponen sus prioridades. Constituyen excepción el Senado, que se compone de cuatro senadores por cada circunscripción provincial (o dos en el caso de Ceuta y Melilla), se eligen por un sistema mayoritario, pudiendo votar cada ciudadano con derecho a voto a un máximo de tres candidatos en una lista abierta, a los que se añaden los elegidos por los parlamentos autonómicos. Los miembros del pleno de las Diputaciones provinciales y Cabildos o Consejos Insulares se eligen entre los concejales de los municipios de cada partido judicial por ellos mismos, con arreglo a los resultados electorales de dichos municipios en cada partido judicial. Hay que hacer notar que estos sistemas electorales llevan en torno a cuatro décadas, sin apenas cambios significativos, salvo en casos muy puntuales y de escasa incidencia.

Una de las principales misiones de un sistema electoral democrático es dar cumplimiento al derecho constitucional a la participación de los ciudadanos en la selección de los representantes políticos de las instituciones, mediante sufragio universal. Otra función importante es permitir la concurrencia democrática de todos los partidos y coaliciones electorales que puedan optar conforme a la legalidad vigente. Pero no es la menos importante contribuir a la gobernabilidad de las instituciones públicas, al objeto de facilitar el funcionamiento eficiente de las mismas.
La ampliación del número de partidos y coaliciones concurrentes en los últimos tiempos, con la irrupción de la denominada «nueva política», ha trocado el bipartidismo que prácticamente ha regido durante tres décadas por una constelación de fuerzas políticas básicamente polarizadas en dos bloques, a lo que hay que añadir algunos partidos y fuerzas nacionalistas que hacen todavía más compleja su eficiente aplicación. Evidentemente, puede afirmarse que actualmente el sistema electoral no hace demasiado factible la gobernabilidad del Estado, e incluso en alguna medida la de otras instituciones que se eligen por el sistema proporcional corregido; ahí están los ejemplos de los gobiernos de España, Murcia y Madrid, entre otros. Además, la solución postelectoral se resuelve a través de negociaciones entre los líderes de los partidos y coaliciones, que no siempre representan la intención de sus electores cuando les votaron.

Por ello, parece oportuno plantearse, con miras al futuro, algunos cambios en el sistema electoral de nuestro país, teniendo en cuenta las prácticas en otros países de nuestro entorno (por ejemplo, la Francia que pasó de la ingobernable IV a la V República que ha llegado hasta nuestros días). Por eso, aparte de analizar la viabilidad de que las listas de cada candidatura dejen de ser cerradas y bloqueadas, lo que otorgaría al ciudadano un mayor peso democrático, podrían plantearse cambios en el sistema electoral que mejorasen las posibilidades de gobernabilidad de las instituciones e incluso que los gobiernos sean decididos en las urnas y no en los despachos. Concretamente, se podría en una primera vuelta elegir la composición de la institución por un método, incluso más proporcional que la mencionada regla D´Hont, pero, en caso de que ninguna lista obtuviese la mayoría absoluta para gobernar, realizar una segunda vuelta a los pocos días con los dos candidatos más votados en la primera, con o sin alianzas electorales, de modo que quien obtuviera mayoría sería Presidente del Gobierno estatal o autonómico o Alcalde Presidente del ayuntamiento. En el Senado, al ser una cámara territorial, podría mantenerse el sistema actual, si bien tal vez deberían redefinirse las funciones del mismo. En las Diputaciones y Cabildos lo más lógico es que se sustituya el actual sistema de designación indirecta, por un método más democrático, en el que sean los electores afectados por dichas instituciones quienes elijan directamente a los componentes de estas corporaciones locales.

Otra cuestión muy importante consiste en implantar unos porcentajes mínimos para obtener representación, dado que existe una pléyade de partidos nacionalistas o residuales que pueden obtener escaño en su circunscripción por un método proporcional, pero que no alcanzan un porcentaje mínimo (pongamos el 5%) en el ámbito que se dirime, como sucede en el caso del Congreso de Diputados con los partidos regionalistas o provinciales. Para evitar que dichos partidos con una pírrica representación sean determinantes en la gobernabilidad del Estado, la Comunidad Autónoma o la Provincia es conveniente establecer un umbral electoral que les excluya de representación para ese ámbito, sin perjuicio del respeto a su representación en el ámbito autonómico, provincial o local, tal y como sucede en la práctica totalidad de los países del entorno europeo. De ese modo una fuerza política con unos porcentajes de voto tan exiguos no podrían resultar determinantes en la gobernación en España, lo que redundaría en beneficio de todos.

Lógicamente, estas reformas deberían de ser consensuadas por las fuerzas políticas mayoritarias de España y sometidas al correspondiente referéndum de todos los españoles, pues muy probablemente requieran alguna modificación en la Constitución Española vigente.

Compartir en Facebook122Compartir en X76Compartir en WhatsApp
El Adelantado de Segovia

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

  • Publicidad
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • KIOSKOyMÁS
  • Transparencia
  • Términos y condiciones

¡Gracias!

Para ofrecer las mejores experiencias, nosotros y nuestros socios utilizamos tecnologías como cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. La aceptación de estas tecnologías nos permitirá a nosotros y a nuestros socios procesar datos personales como el comportamiento de navegación o identificaciones únicas (IDs) en este sitio y mostrar anuncios (no-) personalizados. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Haz clic a continuación para aceptar lo anterior o realizar elecciones más detalladas. Tus elecciones se aplicarán solo en este sitio. Puedes cambiar tus ajustes en cualquier momento, incluso retirar tu consentimiento, utilizando los botones de la Política de cookies o haciendo clic en el icono de Privacidad situado en la parte inferior de la pantalla.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Estadísticas

Marketing

Características
Siempre activo

Siempre activo
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Administrar opciones
  • {title}
  • {title}
  • {title}
No Result
View All Result
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda