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El Supremo confirma la absolución del exdirector general de Caja Segovia

por El Adelantado de Segovia
8 de julio de 2021
en Segovia
El exdirector de Caja Segovia, Manuel Escribano, durante el juicio celebrado en 2019. / KAMARERO

El exdirector de Caja Segovia, Manuel Escribano, durante el juicio celebrado en 2019. / KAMARERO

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la absolución del exdirector general de Caja de Segovia, Manuel Escribano Soto, por los delitos de apropiación indebida y administración desleal en la causa de las prejubilaciones millonarias. El tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la Fundación Caja de Segovia contra la sentencia de la Audiencia Provincial que absolvió a seis exdirectivos de estos delitos, a otros cinco miembros de la dirección, en su condición de partícipes a título lucrativo, y a CASER de la responsabilidad civil.

De todas las absoluciones, la Fundación sólo recurrió ante el Tribunal Supremo la de Manuel Escribano Soto, según recuerda en una nota de prensa el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Así, en el primer motivo de su recurso, se solicitaba la condena de Escribano por un delito de apropiación indebida o, subsidiariamente, por un delito de administración desleal.

La Sala subraya que el recurso de la Fundación simplifica de forma “grosera” los argumentos que blande la Audiencia Provincial para motivar la absolución del exdirector general de Caja Segovia. La sentencia explica que es imposible revertir en condena una sentencia absolutoria a través de un recurso de casación si para ello es necesario reinterpretar, completar o matizar el hecho probado.

Además recuerda que Ley de Enjuiciamiento Criminal impone como disciplina argumental la más escrupulosa fidelidad al hecho probado y que la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, implementada por el Tribunal Constitucional, impiden convertir en condena una sentencia absolutoria por razones probatorias, salvo que se conceda audiencia al acusado y se reproduzca la prueba de signo inculpatorio ante el tribunal, lo que es inviable en casación.

Del mismo modo, rechaza los otros dos motivos del recurso de casación en los que esta Fundación Caja Segovia reclamaba que se estableciera la responsabilidad civil de un tercero, en concreto, del exdirectivo Miguel Ángel Sánchez Plaza, y que se anulara la condena a la recurrente al abono de las costas derivadas de la acción ejercitada frente al exdirector Juan Magaña como supuesto tercero responsable civil.

La Sala impone a la Fundación Caja Segovia las costas derivadas de su recurso de casación cuya desestimación se ha acordado en esta sentencia, ponencia del magistrado Antonio del Moral. En este proceso judicial de las prejubilaciones de directivos de la ya desaparecida Caja Segovia, las acusaciones ejercidas por esta fundación y por Izquierda Unida.

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