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Dos años y medio de prisión por la explosión del barrio de San Lorenzo

por El Adelantado de Segovia
27 de mayo de 2021
en Segovia
incendio calle coca san lorenzo IMG 6782

La explosión provocó numerosos daños a varias viviendas.

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La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a dos años y medio de cárcel a un hombre que en agosto de 2016 intentó suicidarse con gas propano en su vivienda del barrio de San Lorenzo y acabó provocando, al encender un cigarro, una explosión en la que murieron dos personas y más de diez fueron afectadas.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sala impone a J. C. A. E. la pena de dos años y medio de cárcel y el pago de más de 300.000 euros en indemnizaciones por dos delitos de homicidio, tres de lesiones y uno de estragos en concurso ideal, todos ellos por imprudencia grave.

La Sala aplica una semieximente de la responsabilidad criminal porque el culpable padecía en aquel momento una situación de depresión con intención suicida que dejaban sus capacidades volitivas parcialmente limitadas.

Durante la madrugada del día 28 de agosto de 2016, el ahora condenado se dirigió a la cocina de su vivienda, en el primer piso del número cinco de la calle Coca en Segovia, y desconectó el dispositivo de las dos bombonas de gas para llevarse una a su dormitorio.

Una vez en su habitación, dejó la espita abierta de la bombona y se acostó en la cama, con la intención de suicidarse mediante la inhalación del gas y sin ser consciente de que en la cocina la instalación había quedado abierta y esto permitía la fuga de la sustancia también por el resto de la casa. Unos minutos más tarde se levantó de la cama, se dirigió al servicio y allí encendió el mechero para fumar un cigarro, lo que provocó una fuerte explosión seguida de un incendio con múltiples efectos, los más graves los fallecimientos -uno en el momento y el otro días más tardes en el hospital- de dos de los vecinos.

Además, otros ocho ciudadanos, dos bomberos y dos policías locales resultaron afectados de diferente forma, bien por la inhalación del humo o por episodios de ansiedad, trastornos ansioso-depresivos o estrés postraumático.

El procesado sufrió quemaduras de tercer grado en el 55 por ciento de su cuerpo, y se produjeron numerosos y graves daños materiales en el edificio.

Durante el juicio, el entonces acusado sostuvo que la fuga de gas se produjo por el efecto de un puñetazo que propinó a un armario cuando estaba enfadado por no haber conseguido un puesto de trabajo al que aspiraba, versión que la Sala califica de «falsa» y «absurda» en la sentencia.

La resolución mantiene que no hay pruebas que demuestren que el acusado sabía que existía una fuga de gas a toda la casa desde la cocina, que fue la que generó el incendio junto al fuego propiciado por el procesado.

«Solo puede asegurarse, pues, que actuó en la creencia y convicción de que se produciría escape del gas de una sola bombona y en su dormitorio, donde se acostó con el designio de fallecer por efecto de la inhalación de gas», reza la sentencia.

«Al actuar así actuó con imprudencia grave, pues es evidentemente imprudente manipular una instalación de gas y dejar abierta una espita de una bombona. Pero no hay dolo, ni siquiera dolo eventual, en relación a la explosión ulterior», prosigue la sentencia.

La situación de depresión que sufría el responsable de los hechos quedó probada con el informe de un perito, que demostró que este ya había sido diagnosticado en 2015, había protagonizado dos intentos de suicidio y fue tratado por abuso de alcohol y conductas de ludopatía en el mismo año en que se produjeron los hechos.

Por estas condiciones y ante el temor de que pueda volver a cometer un delito, la Sala ha impuesto al culpable, además de la pena de dos años y medio de prisión y el pago de más de 300.000 euros en indemnizaciones, otros dos años y medio de libertad vigilada.

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