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Alerta de nivel medio por incendios forestales hasta el 18 de mayo

por El Adelantado de Segovia
12 de mayo de 2023
Operativo en un incendio forestal. / NEREA LLORENTE

Operativo en un incendio forestal. / NEREA LLORENTE

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Los medios de extinción logran contener el incendio de nivel uno en San Vicente, León

Ángel Sánchez, nuevo director de Prevención y Extinción de Incendios

La Junta crea la Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios

La Junta mantiene la declaración de peligro medio de incendios forestales en toda la Comunidad hasta el 18 de mayo; lo que implica el mantenimiento de la suspensión de todas las autorizaciones y comunicaciones de quema de vegetación y restos vegetales, y el refuerzo del personal de guardia y de los medios desplegados en las comarcas de riesgo.

La escasez de lluvias de las últimas semanas está provocando una sequía importante y la predicción de la AEMET sobre los niveles de riesgo de incendio sigue siendo muy alto o extremo en amplias zonas de la Comunidad, por lo que es necesario tomar medidas que han de ser objeto de una precisa coordinación para lograr la máxima eficacia en el cumplimiento de su fin, y se hace preciso que desde el órgano directivo competente se dicten aquellas resoluciones tendentes a lograr dicha coordinación.

Entre las prohibiciones y limitaciones establecidas, se encuentran las siguientes:

  • Encender fuego en todo tipo de espacios abiertos.
  • Suspensión temporal, mientras se mantenga el referido riesgo, de todas las autorizaciones concedidas de quema de rastrojos, de pastos permanentes, de restos de poda, y de restos selvícolas.
  • Encender fuego en las áreas de descanso de la red de carreteras, así como en zonas recreativas y de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello.
  • Utilización de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor, cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas, salvo que el órgano competente de la Administración autonómica haya autorizado expresamente su uso o resulten necesarias para la extinción de incendios.
  • Introducción y uso de material pirotécnico.
  • Arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio.
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