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La Diputación de Segovia aprueba el nuevo Plan de Medidas Antifraude

por Juana Hita Barrenechea
31 de enero de 2022
La institución provincial, pionera con este plan. /E.A.

La institución provincial, pionera con este plan. /E.A.

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La corporación provincial aprobó por unanimidad en el último pleno el Plan de Medidas Antifraude de la Diputación, un documento obligatorio para la gestión de los fondos europeos, que convierte a la institución segoviana en una de las primera administraciones locales de España en disponer de este plan. En el pleno se dio lectura a la declaración institucional en la que se compromete a luchar contra el fraude, así como adoptar un código ético y de conducta de obligado cumplimiento para los empleados y cargos públicos de la Diputación.

La aprobación de estos documentos supone “un compromiso firme con los estándares más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales, y su adhesión a los más estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea percibida por todos los agentes que se relacionan con ella como apuesta al fraude y la corrupción en cualquiera de sus formas”, tal y como se recoge en el texto.

La Diputación de Segovia, en su condición de entidad ejecutora y perceptora de los fondos europeos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español, ha asumido un compromiso firme de tolerancia cero ante el fraude, mediante la aprobación de una declaración institucional basada en el fomento de valores como la integridad, la objetividad, la rendición de cuentas y la honradez.

La institución ha establecido las medidas y procedimientos apropiados para la lucha contra el fraude estructurados en los cuatro elementos del denominado ‘ciclo antifraude’: prevención, detección, corrección y persecución. Entre las citadas medidas se incluye la adopción de un código ético y de conducta que deberán cumplir los empleados y cargos públicos.

Entre los principios éticos, se encuentra que “los empleados públicos no contraerán obligaciones económicas ni intervendrán en operaciones financieras, obligaciones patrimoniales o negocios jurídicos con personas o entidades cuando pueda suponer un conflicto de intereses con la obligaciones de su puesto público”.

También establece que el cumplimiento del principio de transparencia “no irá en detrimento del correcto uso que los empleados y cargos públicos deben de hacer de aquella información considerada de carácter confidencial, como pueden ser datos personales o información proveniente de empresas y otros organismos, debiendo abstenerse de utilizarla en beneficio propio o de terceros, en pro de la obtención de cualquier trato de favor o en perjuicio del interés público”.

Existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones de un empleado público en relación con los fondos europeos, se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política, de interés económico o por cualquier otro motivo directo o indirecto de interés personal.

En cuanto a la contratación pública, el código dice que, en el supuesto de que se identifique un riesgo de conflicto de intereses, se procederá a analizar los hechos con la persona implicada para aclarar la situación, se le excluirá del procedimiento de contratación y, en su caso, se cancelará.

Además, los empleados y cargos públicos que participen en los procesos de selección, concesión y control de ayudas financiadas con cargo al mecanismo de recuperación y resiliencia, se abstendrán en aquellos asuntos en los que tengan interés personal.

Con este compromiso, la Diputación persigue consolidar dentro de la institución una cultura que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevención y detección, promoviendo el desarrollo de procedimientos efectivos para la gestión de estos supuestos.

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