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La alcaldesa dice que “se estudiará” la sentencia sobre el IBI de bienes de la Iglesia

por S.G.H
3 de septiembre de 2021
Ayuntamiento RP Clara Luquero Subvenciones Cultura KAM9019

La alcaldesa Clara Luquero, en rueda de prensa. / KAMARERO

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La alcaldesa de Segovia, Clara Luquero, ha comentado que los servicios municipales van a estudiar las posibles repercusiones para el municipio de la reciente sentencia que ha avalado que el Ayuntamiento de Barcelona cobre el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a una congregación de la Iglesia católica que alquilaba un edificio de su propiedad a una sociedad mercantil.

Luquero ha explicado que se trata de un caso judicial relacionado con una situación concreta de arrendamiento de un inmueble y por lo tanto “habrá que estudiar en qué condiciones es posible reclamar el impuesto, qué se puede hacer y qué no porque hasta ahora lo hemos conocido ‘grosso modo’, sin entrar en profundidad en el sentido de esa sentencia”.

Por su parte, el Grupo Municipal de Izquierda Unida ha valorado positivamente esa misma sentencia porque entiende que puede sentar un importante precedente para que los ayuntamientos de todo el país, incluido el de Segovia, empiecen a reclamar a todas las confesiones religiosas este impuesto que hasta ahora no se permitía cobrar.

Recuerda que durante el pasado mandato corporativo se dio el visto bueno a una moción de Izquierda Unida que solicitaba el cobro del IBI a todos aquellos bienes inmuebles religiosos cuyo destino no esté vinculado al culto. “Las confesiones religiosas disfrutan de una exención total de impuestos como los de Sucesiones, Donaciones, Transmisiones Patrimoniales, Impuestos Reales o de Producto, de la Renta y el Patrimonio, etc., a raíz de los acuerdos vigentes de España con la Santa Sede (1979)”, explican los dos concejales de esta formación que, además, son parte del equipo de gobierno municipal.

En cuanto al IBI, añaden que la exención legal sólo está referida a las finalidades vinculadas al culto o la asistencia social. “Sin embargo, en las décadas precedentes esta ha alcanzado a bienes inmuebles no estipulados por la ley vigente (pisos, plazas de garaje, locales con actividad comercial…) no vinculados al culto, lo que ha tenido como consecuencia el establecimiento de facto por parte del Estado de unas ayudas indirectas”, sostienen.

Por su parte, el Grupo Municipal de Podemos-Equo, ya informó el miércoles, tras conocerse la sentencia, que va a plantear en el pleno que celebra esta mañana el Ayuntamiento de Segovia que el equipo de gobierno analice las consecuencias que puede tener para las arcas municipales el fallo de un juzgado barcelonés de lo Contencioso-Administrativo.

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