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Sentencia salomónica en el litigio entre Drylock y Ontex

por FDESCALZO
2 de marzo de 2020
Imagen de archivo de una de las fábricas de material de higiene.

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El Juzgado de lo Mercantil de Segovia ha condenado, en una sentencia salomónica, a la empresa Drylock Tecnologies, dedicada a la fabricación de pañales y otros productos de higiene, y a su director general Miguel Ángel González, al pago de 13.000 euros a su competidora Ontex por actuar de «mala fe» en el litigio abierto por esta última.

Óntex, con sede en el polígono Nicomedes García, de Valverde del Majano, denunció que se había producido un acto de deslealtad y roto el contrato de confidencialidad al poner en marcha una nueva empresa, Drylock, quien fuera anteriormente su director general, y por la salida de varios empleados para ir a la nueva factoría, que opera desde hace un año en el polígono de Hontoria.

La demandante solicitaba el pago de 75.019,22 euros en este caso, considerado como un problema de ‘espionaje industrial’ por haberse sustraído información privilegiada para su utilización en la nueva factoría.

El juzgado desestima la petición de condenar a seis exdirectivos de Ontex por vulneración de secretos industriales y a Miguel Ángel González y a Drylock por incumplir el pacto de confidencialidad firmado, por captación ilegal de trabajadores y por realizar manifestaciones públicas, «afirmaciones falsas» que según Óntex, afectaban al crédito y renombre en el mercado de esta empresa de pañales y compresas.

En sus argumentos, la sentencia hace un repaso de lo que significa el concepto de «secreto profesional» para dirimir si los exempleados sustrajeron información sustancial y clave para la empresa Ontex en la que trabajaron.

Considera como hechos probados que algunos empleados podrían haber usado dispositivos de memoria USB para copiar archivos, como atestiguan informes de algunos peritos, y se denunció en la vista oral. Pero señala la sentencia que para considerar sustracción de información privilegiada debe analizarse si la empresa habría adoptado las medidas adecuadas «para evitar la divulgación de la información».

Matiza la sentencia que algunas de estas cuestiones pertenecen a la política laboral interna y al control de sus empleados.

Lo cierto es que en Óntex se generó una situación de incertidumbre y preocupación. En abril de 2018, 20 trabajadores de distintas categorías, antigüedades  funciones dejaron voluntariamente sus puestos, «sin que la empresa hiciera uso de la facultad de retener que le concede su convenio colectivo», para pasar a ser trabajadores de Drylock. Todos los trabajadores habían prestado servicios en Ontex mientras estaba al mando de la misma Miguel Ángel  González. La baja voluntaria de esos trabajadores coincidió temporalmente con la renovación del contrato con Lidl, que finalmente obtuvo Ontex. Para atajar dicho clima de incertidumbre en la planta, los máximos directivos de Ontex decidieron parar la producción para dar unas charlas tranquilizadoras a los trabajadores.

El juicio oral se celebró en abril del año pasado. Diez meses después, la magistrada ha dictado sentencia, ante la que cabe recurso. En el texto, la titular del Juzgado hace referencia a los plazos procesales transcurridos, «debidos a la carga de trabajo que soporta este juzgado mercantil, superior a los módulos objetivos fijados por el CGPJ, y teniendo además competencias en material civil y penal, con tramitación preferente».

REACCIONES

En su valoración, Drylock acata la sentencia y anuncia que sus servicios jurídicos estudiarán la conveniencia de presentar recurso sobre el fallo. Desde la dirección de Drylock han expresado su «satisfacción ante la absolución de los trabajadores a los que Ontex trató de imputar  prácticas de mala fe que la sentencia desestima por completo». «Queremos subrayar que se trata de una estimación parcial de los hechos denunciados», recuerdan. Destacan además el hecho de que  la cuantía de la indemnización sentenciada resulta disminuida de forma sustancial  con respecto a las pretensiones iniciales de los demandantes. Cabe recordar que  Ontex solicitó 75.000 euros de indemnización, frente a la cantidad de 13.000 euros que estipula el fallo judicial.

Drylock se «congratula del reconocimiento de la sentencia que incide en la libertad de elección del destino laboral de los trabajadores». «La sentencia reconoce  que los trabajadores son libres de cambiar de empleador cuando gusten así como el hecho de que el que se hayan ido 20 trabajadores no implica que todos se hayan marchado a raíz de las acciones contrarias a la buena fe, porque  la propia demandante reconocía estar formando gente interna para conseguir cubrir las plazas”.

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