El Adelantado de Segovia
miércoles, 17 junio 2026
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
El Adelantado de Segovia

Concluye la vista oral del juicio contra la red de prostitución

por EL ADELANTADO
20 de mayo de 2019
Los dos camareros acusados, en un momento de la sesión de la vista oral ayer./ KAMARERO

Los dos camareros acusados, en un momento de la sesión de la vista oral ayer./ KAMARERO

Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en WhatsApp

Condenan a dos años y medio de cárcel al pastor cuyos perros mataron a una mujer en Roales del Pan (Zamora)

Doce años de cárcel por agresión sexual a una adolescente

El joven apuñalado en Valladolid admite pertenecer a una banda latina

La Audiencia Provincial ha declarado visto para sentencia el juicio que dirimirá la responsabilidad penal de los implicados en una presunta red de prostitución en varios clubes de alterne de Segovia y otras capitales de la región, en el que el acuerdo de conformidad con las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal ha dejado únicamente a dos de los acusados a la espera de sentencia firme, mientras que el resto se librarán de la prisión.

Los dos acusados que permanecieron en el juicio son dos de los camareros del club ‘Punto Cero’ de La Lastrilla, a los que la Fiscalía les imputa un presunto delito de promoción, favorecimiento o facilitación del tráfico ilegal de personas, al considerarles cooperadores necesarios en la organización y el control de las mujeres que ejercían la prostitución en el local.

En su informe final, la fiscal aseguró que a lo largo de la vista oral ha quedado suficientemente probado la comisión de los delitos argumentados en la causa, donde las mujeres procedentes de Brasil llegaban a los clubes conscientes de que venían a ejercer la prostitución pero engañadas y coaccionadas tanto en las condiciones de trabajo como a través de las amenazas que sufrían si no hacían frente a la deuda contraída con la captadora para sufragar los gastos de su traslado a España.

La Fiscalía modificó su petición inicial de penas de 13 a 12 delitos, ya que durante la vista oral una de las presuntas víctima se desdijo de su testimonio inicial, pero señaló que el resto de las mujeres vivieron una “especial situación de vulnerabilidad” durante su trabajo en los clubes de alterne, donde vivían y trabajaban “bajo la sumisión de sus explotadores, apremiadas por la necesidad económica de una precaria situación personal y familiar en su país de origen”.

Asimismo, señaló que los informes policiales y el testimonio de las víctimas ha dejado probada la organización del trabajo en los clubes, donde las mujeres se veían obligadas a dar cuenta de sus ‘pases’ –denominación que daban a sus servicios sexuales- y a sus entradas y salidas, controladas por los camareros del local. Sobre este aspecto, la fiscal señaló que los dos camareros de club de La Lastrilla encausados “conocían perfectamente esta actividad y colaboraban en la vigilancia y el control a través de las anotaciones en un cuadrante y de los ‘tickets’ de las consumiciones que las mujeres llevaban a cabo durante su trabajo.

Por otra parte, se refirió también a la indemnización solicitada por algunas de las víctimas –otras renunciaron expresamente durante la vista oral- y apeló a la jurisprudencia sobre casos similares para solicitar 12.000 euros para cada una de ellas.

Los letrados de los dos acusados expresaron su oposición a las tesis de la fiscalía y mantuvieron su petición de libre absolución para sus patrocinados, calificando de “aberración” la petición de penas de prisión por un delito que no ha quedado suficientemente probado bajo su criterio. Así, uno de los letrados aseguró que la Fiscalía “se ha visto superada por un auto marcado por la actuación policial, que ha derivado en una acusación exagerada e inconcreta”.

Además, señaló que las dilaciones en la causa –que han sido tenidas en cuenta como atenuantes en el juicio- han motivado que la práctica totalidad de los testimonios de las mujeres estén marcados por la ausencia de datos fidedignos al transcurrir 13 años desde la presunta comisión de los delitos, y expresó su protesta –a la que se unieron la del resto de letrados- por incluir declaraciones policiales como testimonio “sin posibilidad de contradecir y en ocasiones realizadas tiempo después de la comisión de los hechos”.

Compartir en Facebook122Compartir en X76Compartir en WhatsApp
El Adelantado de Segovia

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

  • Publicidad
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • KIOSKOyMÁS
  • Transparencia
  • Términos y condiciones

¡Gracias!

Para ofrecer las mejores experiencias, nosotros y nuestros socios utilizamos tecnologías como cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. La aceptación de estas tecnologías nos permitirá a nosotros y a nuestros socios procesar datos personales como el comportamiento de navegación o identificaciones únicas (IDs) en este sitio y mostrar anuncios (no-) personalizados. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Haz clic a continuación para aceptar lo anterior o realizar elecciones más detalladas. Tus elecciones se aplicarán solo en este sitio. Puedes cambiar tus ajustes en cualquier momento, incluso retirar tu consentimiento, utilizando los botones de la Política de cookies o haciendo clic en el icono de Privacidad situado en la parte inferior de la pantalla.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Estadísticas

Marketing

Características
Siempre activo

Siempre activo
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Administrar opciones
  • {title}
  • {title}
  • {title}
No Result
View All Result
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda