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IU “no pierde la esperanza” de que la justicia actúe en caso Caja Segovia

por Redacción
18 de febrero de 2019
En el centro, Alberto López Villa, abogado de Izquierda Unida Segovia.

En el centro, Alberto López Villa, abogado de Izquierda Unida Segovia. / Nerea Llorente

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De la prueba practicada en las sesiones del juicio por las prejubilaciones de Caja Segovia durante estas dos semanas, desde IU concluyen que la práctica totalidad de los consejeros de la entidad que votaron a favor del pago de las indemnizaciones millonarias a favor del equipo directivo no tenían conocimiento del alcance de las mismas. No podían tenerlo, ya que desconocían el importe de los sueldos de los directivos, que se fijaban ellos mismos, y todo ello so pretexto de que la confidencialidad y la protección de datos imperaban sobre la transparencia en las cuentas de una institución que, no olvidemos, era de carácter benéfico e interés social.

Las prejubilaciones millonarias en el sector financiero eran comunes durante años, pues se presuponía que bancos y cajas de ahorros tenían beneficios astronómicos, pero esto dejó de ser así con la llegada de la crisis económica, en la que algunas entidades sobrevivieron holgadamente. Pero este no fue el caso de la mayoría de las Cajas de Ahorro, que excesivamente expuestas al saturado negocio inmobiliario (a lo que contribuyeron ellas mismas promoviendo construcciones de viviendas inviables y concediendo hipotecas con garantías que vieron derrumbarse su valor) tuvieron que ser rescatadas con fondos públicos.

Los ejecutivos de Caja Segovia obviaron el fracaso de su gestión, la ruina de los preferentistas y las ayudas públicas recibidas por la entidad resultante de la fusión, argumentando de modo ingenuo que la responsabilidad de la quiebra fue del socio Caja Madrid. Esto es como echar la culpa al jefe de la banda.

A partir de esta semana, las defensas y las acusaciones expondrán las conclusiones. Con el final de las sesiones del juicio cada vez más cerca, desde Izquierda Unida no pierden la esperanza de que la justicia entienda que los hechos probados constituyen delitos societarios previstos y penados por el Código Penal y se actúe consecuentemente.

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