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La Audiencia respalda a los dueños del edificio Casa de los Buitrago

por FDESCALZO
27 de diciembre de 2018
Estado del edificio situado en el número 7 de la Plaza de Santa Eulalia. / kamarero

Estado del edificio situado en el número 7 de la Plaza de Santa Eulalia. / kamarero

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La Audiencia Provincial ha dictaminado que los dueños de la Casa de los Buitrago actuaron correctamente, como ya sentenció el Juzgado de Instrucción número 6 en abril pasado. En un auto rechaza los recursos del Ayuntamiento el cual se había querellado contra los propietarios.

Los dueños del edifico estudian ahora en actuar contra los técnicos y los políticos por haber “faltado a la verdad”, según explicó Jesús Tovar, abogado de la propiedad. Por ello también estudian solicitar indemnización por los daños morales y al honor tras las acusaciones vertidas como responsables del deterioro de un patrimonio artístico tras asegurar que se habían llevado a cabo intervenciones que no se han ejecutado.

El auto de la Audiencia mantiene que los hechos relatados en la querella presentada por el Ayuntamiento “tienen difícil encaje” en el delito contra el patrimonio, pues en las fechas señaladas este inmueble no tendría la catalogación de BIC, ni siquiera bien de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental a efectos de contemplar la perpetración de un delito. Y aunque sea una casona del S. XV, con importantes elementos de lenguaje gótico y valiosa portada; en el momento de los hechos estaba suspendido el Plan General en relación con las Areas Históricas (Peahis).

Por si fuera poco, también constata el auto de la Audiencia que existen “dudas sobre las circunstancias en que se produjeron los daños materiales en el inmueble”. Se dice —como ya argumentó el Juzgado de primera Instancia— que las obras ejecutadas se hicieron a instancia del decreto ordenado por la alcaldesa en junio de 2015 sobre apuntalamiento, desescombro y otros trabajos de seguridad, “sin que se haya llevado a efecto ninguna otra intervención directa sobre el edificio, cuyo deterioro se ha debido al transcurso del tiempo y la falta de conservación del inmueble”.

Matiza en todo caso que podrían no haberse llevado a cabo otras obras de conservación dictadas por el Ayuntamiento y eso provocar un deterioro adicional. Y agrega que ya se siguen actuaciones administrativas sancionadoras a raíz de la inacción de la propiedad en cuanto al cumplimiento de las resoluciones administrativas del Ayuntamiento para ejecutar obras necesarias para la conservación del edificio. De hecho, no existe proyecto de ejecución ni la correspondiente licencia administrativa para llevar a cabo estos trabajos posteriores.

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