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Los carteles en la calle, prohibidos en el casco histórico

por VERONICA LABRADOR
6 de agosto de 2018
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A partir de hoy, los carteles tendrán que desaparecer de las calles del recinto amurallado y del entorno monumental de la ciudad. / NEREA LLORENTE

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Tras meses de debates, la polémica Ordenanza municipal reguladora de carteles anunciadores instalados en la vía pública en el casco histórico entra hoy en vigor, de modo que, si todos los hosteleros y comerciantes la respetan, a partir de mañana, martes 7 de agosto, no debería haber ya ningún elemento publicitario colocado en la calle —fuera del espacio reservado para las terrazas y veladores de bares y restaurantes— en la zona de influencia de la normativa: el recinto amurallado, la zona del Acueducto y su entorno, la avenida del Acueducto y la calle Cervantes, las calles San Francisco y Muerte y Vida, la travesía Doctor Sancho y Marqués de Mondéjar y las vías Gobernador Fernández Jiménez e Hilanderas.

Los hosteleros y comerciantes de estas zonas no tendrán margen de maniobra, ya que según explica la concejala de Obras, Servicios e Infraestructuras, Paloma Maroto, la Policía Local comenzará mañana mismo a requerir la retirada a los establecimientos y negocios que instalen carteles publicitarios y reclamos para los clientes en la vía pública. Estos requerimientos dan un día para retirar el cartel.

Si pasado ese tiempo sigue en la calle, será el Ayuntamiento de manera subsidiaria el que lo retire, pasando la consiguiente factura con los gastos al propietario del negocio, aseguró Maroto. Asimismo, los elementos se guardarán en una nave municipal durante un tiempo determinado, unos quince días, y si el dueño no pasa a recogerlo, se destruirá, añadió.

INFRACCIONES Y SANCIONES La ordenanza, publicada hoy en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) establece tres tipos de infracciones: leves, cuando se trata de establecimientos hosteleros que saquen fuera de los espacios reservados a la terraza la cartelería; grave, cuando coloquen dos o más objetos fuera de esos límites —a menos de 3 metros— o cuando lo hagan establecimientos hosteleros sin terraza y cualquier otro tipo de local comercial; y muy grave cuando instalen dos o más elementos a más de tres metros de los límites de la terraza o suponga una reiteración en la comisión de infracciones graves en un año.

En cuanto a las sanciones, para las infracciones leves irán desde los 50 a los 300 euros; para las graves, desde los 301 a los 600 euros; y para las muy graves, de 601 a 900 euros.

Recuerda la normativa, en su exposición de motivos, que el objetivo de la ordenanza es “preservar el espacio público como un lugar de convivencia y civismo, en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, de ocio, de trabajo, de encuentro, de turismo y de recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de los demás”.

COMERCIANTES RESIGNADOS El presidente de la Asociación de Comerciantes Segovianos (ACS), Manuel Muñoz, recuerda que comerciantes y hosteleros habían presentado unas alegaciones porque “era mejor buscar una solución menos drástica”, ya que, añadió, “no se puede gobernar diciendo «lo quito» cuando hay establecimientos que necesitan esos carteles”. “No digo que esté bien que se ocupe la vía pública —puntualiza Muñoz—, pero hay que mirar también por los comercios que están ahí”.

Las alegaciones que se prepararon mientras se redactaba la ordenanza municipal, “aportaban soluciones comunes desde la ACS, la FES y la AIHS y se proponían unos carteles homogéneos y más adaptados al entorno, pero parece ser que estorban los carteles de los comerciantes, aunque hay otros que son chillones y tal y no molestan”, lamenta Muñoz.

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