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La cúpula de Caja Segovia se sentará en el banquillo por las prejubilaciones

por Redacción
20 de diciembre de 2017
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Atilano Soto, expresidente de Caja Segovia, en una foto de archivo saliendo del Palacio de Justicia. / J.M.

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La Audiencia Provincial de Segovia ha desestimado el recurso de apelación presentado por los directivos de la extinta Caja Segovia contra el auto que el tribunal emitió el pasado 7 de marzo en el que se revocaba el archivo de la causa que dirimía varios delitos societarios de los que se acusa a los exdirigentes de la desaparecida entidad de ahorro, vinculados al cobro de prejubilaciones en las que se advertía la presunta comisión de delitos de apropiación indebida y de administración desleal.

De este modo, el que fuera presidente de Caja Segovia Atilano Soto, su vicepresidente Manuel Agudíez ; la vicepresidenta segunda, Elena García Gil, el director general Manuel Escribano, el secretario general Antonio Tapias y el director de Recursos Humanos Enrique Quintanilla se sentarán en el banquillo para ser juzgados por los delitos de los que se les acusa, toda vez que la Audiencia Provincial deja via libre al señalamiento de la vista oral sobre esta causa con el auto dictado el pasado 4 de diciembre.

En el auto, dictado por el presidente de la Audiencia Ignacio Pando y los magistrados José Miguel García y María Asunción Remirez Sainz de Murieta, los magistrados señalan que los recursos presentados por las defensas se basan «en criticar los razonamientos del auto dictado en enero de 2017, pues no se ha producido ninguna situación nueva ni practicado ninguna diligencia que introduzca en la causa nuevos datos».

Así, aseguró que la resolución en la que se revocaba el sobreseimiento de la causa «era y es firme, por lo que la sala en este momento no entrará en su revisión», y aseguró que «por pura lógica jurídica y de coherencia» se limita a dar por reproducidos los fundamentos del auto del pasado 27 de enero».

táctica dilatoria Por otra parte, considera el auto que la solicitud de práctica de más diligencias obedece a una «simple táctica dilatoria de prolongar indefinidamente el procedimiento e introducir más documentación que haga más complicada la decisión sobre los hechos».

Además, califica de «contradictorio» que las defensas soliciten «el sobreseimiento libre de las actuaciones al tiempo que se está solicitando la práctica de más diligencias probatorias».

El auto rechaza la impugnación realizada por Elena García Gil de una prueba pericial aportada por la Fundación Caja Segovia, y asegura que el momento de la impugnación «será en su escrito de calificación en el supuesto de que se celebre juicio oral».

La resolución judicial abre la posibilidad de convocar el juicio oral para dirimir la causa en la que la cúpula de Caja Segovia se encuentra imputada, que según fuentes judiciales podría celebrarse a lo largo del primer semestre del próximo año.

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