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La ordenanza contra el ruido en Bernuy de Porreros prevé sanciones de hasta 3.000 euros

por El Adelantado de Segovia
18 de octubre de 2022
Fachada del Ayuntamiento de Bernuy. / E.A.

Fachada del Ayuntamiento de Bernuy. / E.A.

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El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado el pasado 3 de octubre el texto de la ordenanza municipal contra la emisión de ruidos, que ha quedado aprobada definitivamente tras cumplirse el plazo legal de exposición al público sin recoger alegaciones, por lo que ya entra en vigor de forma oficial.

El texto de la ordenanza, estructurado en 32 artículos, contempla el control de actividades y emisores acústicos, así como el proceso normativo para solicitar autorización para realizar eventos en el marco de esta normativa, quedando excluidas del ámbito de aplicación las actividades domésticas “o los comportamientos de los vecinos, cuando la contaminación acústica producida por aquellos se mantenga dentro de los límites tolerables, y que en todo caso no constituyan un comportamiento incívico del vecino”, según recoge la norma.

La ordenanza fija el horario para el empleo y manipulación de maquinaria para reparaciones u obras privadas, que no podrán emplearse fuera de los horarios de 7,00 a 22,00 h. de lunes a viernes; de 8,00 a 15,00 h. los sábados y los domingos y festivos durante todo el día. De igual modo, tampoco pueden realizarse obras de construcción pública o privada entre las 20,00 h y las 7,00 horas de lunes a viernes y entre las 20,00 y las 8,00 h. los sábados, domingos y festivos.

De igual modo, recoge el comportamiento ciudadano, prohibiendo las fiestas en fincas particulares, viviendas privadas o de uso público “que excedan de lo tolerable” en cuanto al número de personas congregadas, el volumen de la música o comportamientos que generen ruido excesivo. También prohíbe las interpretaciones musicales a elevado volumen o el estallido de petardos o elementos pirotécnicos, entre otras acciones.

El régimen sancionador de la ordenanza recoge tres niveles de gravedad que van desde el carácter leve al muy grave, con sanciones que van desde un máximo de 750 euros en las leves, 1.500 en las graves y hasta 3.000 euros en las muy graves.

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