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La Junta amplía las excepciones para el enterrado de los purines

por Redacción
8 de marzo de 2019
Un tractor con una cuba preparada para el esparcido de purines. /  el adelantado

Un tractor con una cuba preparada para el esparcido de purines. / el adelantado

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La Dirección General de la PAC de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León ha modificado las condiciones a efectos de verificar el cumplimiento de la condicionalidad en el caso del esparcido de purines. De esta manera, cuando las aplicaciones se realicen en cobertura con el cultivo ya implantado o sobre pastos, se considerarán circunstancias excepcionales, por lo que el enterrado no será obligatorio en el plazo de cinco días establecido con carácter general en la norma.

Según explican desde la organización Uccl, las gestiones llevadas a cabo por esta organización “surten efecto y agradece la pronta respuesta por parte de la Dirección General de la PAC en solucionar una inconsistencia entre el Decreto 4/2018 y la Resolución 1 de febrero de 2019 sobre la Condicionalidad”.

La normativa anterior establecía que los purines debían enterrarse en un máximo de 5 días desde su vertido, pero no se incluían excepciones. Ahora se especifida que cuando las aplicaciones de los purines se realicen en cobertura con el cultivo ya implantado o sobre pastos, se considerarán circunstancias excepcionales. Uccl informa a los profesionales que viertan purín en parcelas agrarias que éste debe ser enterrado como máximo a las 24 horas de su vertido (salvo que se utilice un sistema de aplicación por bandas o de inyección o similares), y no tendrán la obligación de realizar labores de cubrición en aquellos terrenos en que el cultivo no lo permita, como son los casos en el cultivo ya está implantado o en pastos. Además el purín no podrá aplicarse en ningún caso en terrenos helados o con pendientes superiores a 15%, excepto en los casos que se utilice sistemas esparcidos por bandas, de inyección en el suelo o similares.

Uccl consideraba que muchos agricultores no disponen de maquinaria localizada para la aplicación de purines que evite el enterrado del purín después de su vertido como obligaba la condicionalidad.

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