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La Junta ultima un nuevo decreto que eliminará el sistema de cupos

por Redacción
13 de marzo de 2016
Las juntas agrarias locales adjudicarán el reparto de los pastos. / Europa Press

Las juntas agrarias locales adjudicarán el reparto de los pastos. / Europa Press

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La Consejería de Agricultura y Ganadería envió al Consejo Económico y Social (CES) el Reglamento General de Ordenación de los Recursos Agropecuarios y Otras Materias de Interés Colectivo Agrario en el Ámbito Local que incluye como novedades la eliminación del sistema de cupos y da prioridad a jóvenes agricultores, especialmente a las mujeres, y a ganaderos profesionales.

Según informaron desde el departamento que dirige Milagros Marcos, una vez esté listo el dictamen del CES y el del Consejo Consultivo, la Junta de Castilla y León aprobará esta normativa que regula la gestión colectiva y administrativa del patrimonio agrario vinculado a los agricultores y ganaderos de un municipio.

Tras la desaparición del sistema de cupos serán las juntas agrarias locales las que adjudiquen anualmente sus pastos en función de las solicitudes presentadas y aplicarán las prioridades establecidas en la Ley Agraria.

Con la actual regulación de cuotas sólo podían acceder al aprovechamiento de pastos los ganaderos con derechos de pastos reconocidos o inscritos en la correspondiente localidad o municipio lo que impedía en muchos casos el acceso a los pastos a jóvenes ganaderos incorporados recientemente a la actividad agraria.

Otra de las novedades de la nueva normativa será el establecimiento de un nuevo régimen de prioridades en la adjudicación de pastos que prima a los titulares de explotaciones ganaderas ubicadas en término municipal o localidad que constituye el ámbito territorial de la Junta Agraria Local. “De este modo, se dará prioridad a jóvenes agricultores, especialmente a mujeres, a explotaciones agrarias prioritarias y a ganaderos profesionales”, aseguraron desde el departamento que dirige Milagros Marcos.

En el supuesto de que varios solicitantes tuvieran el mismo orden de prioridad se primaría en la adjudicación a las ganaderías calificadas sanitariamente en los dos años anteriores al que es objeto de adjudicación y, de persistir el empate, tendrán ventaja las ganaderías calificadas sanitariamente con mayor antigüedad.

Además, e decreto por el que se aprueba el Reglamento General de Ordenación de los Recursos Agropecuarios y Otras Materias de Interés Colectivo Agrario prohíbe de manera expresa la exclusión de cualquier tipo de ganado al aprovechamiento, “logrando de esta manera la apertura del sistema a cuantos potenciales interesados puedan beneficiarse del mismo”.

Del mismo modo, queda prohibido que las ordenanzas de pastos contengan disposición alguna que implique, directa o indirectamente, una restricción, limitación o prohibición de una especie ganadera en el acceso a los pastos, hierbas o rastrojeras sometidos a ordenación común.

Esta regulación reglamentaria completa el régimen de ordenación de pastos, que es uno de los aprovechamientos que permiten las tierras ligado a la explotación ganadera en régimen extensivo. “Se configura así un sistema de gestión de recursos agropecuarios transparente que permite que las relaciones entre agricultores y ganaderos se desarrollen en un marco jurídico seguro”, concretaron desde la institución.

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