El pasado 3 de enero entró en vigor la Ley de Medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Dicho así, parece una de esas normativas importantes, pero sin repercusiones concretas sobre los intereses de agricultores y ganaderos. Sin embargo, se trata de una disposición de gran calado con la que la Administración quiere lograr un equilibrio entre todos los intereses que existen en la cadena alimentaria desde que sale un producto del campo hasta que el mismo llega al consumidor. En otras palabras, que la gran distribución, desde su posición de dominio, deje de campar a su aire en materia de fijar precios y otras condiciones para los productos agrarios y alimentarios por sus graves efectos negativos sobre las industrias y sobre los agricultores y ganaderos.
Por ello, se trata de una de las leyes más reclamadas desde estos sectores, no solamente en España, sino también el conjunto de los países comunitarios donde la propia Comisión contempla la necesidad de lograr un equilibrio entre los intereses de todas las partes que participan en la cadena alimentaria, al constatar que, cada vez, tiene menos peso el precio de un producto en el campo sobre su valor de venta al consumidor. Cuando las guerras entre los grupos de distribución por ganar más cuota de mercado de cara a los compradores provocan bajadas de los precios de productos, al final, esos costes bajos se trasladan a los productos agrarios en origen, como está sucediendo actualmente en el olivar y, hace no mucho, sucedía con la leche.
De acuerdo con este interés, en la fase final de la anterior legislatura, los socialistas elaboraron un anteproyecto de ley que no vio la luz. Los populares tomaron la elaboración de esa ley como uno de los objetivos prioritarios en su programa hasta su aprobación el pasado verano para su publicación, el 2 de agosto de 2013, donde se contemplaba su entrada en vigor en un plazo de cinco meses, período necesario para el desarrollo de la misma.Con la entrada en vigor de nueva disposición, también inició su andadura la Agencia de Información y Control Alimentarios, que está llamada a ser uno de los ejes para el buen funcionamiento de la normativa y, en consecuencia, de la cadena alimentaria. Aunque todavía no se han publicado los diferentes Reales Decretos que deben desarrollar la Ley, desde el pasado 3 de enero todas las partes implicadas en la cadena ya pueden presentar sus denuncias. Esta nueva normativa se podría concretar en los siguientes puntos claves:
Política de contratos. Todas las operaciones de compraventa que se realicen a lo largo de la cadena por un montante superior a los 2.500 euros se deben hacer bajo contrato escrito donde figuren todo tipo de condiciones: precio, entregas, duración, extinción etc. Se mantienen las subastas electrónicas, pero dando a las mismas una mayor transparencia, con la exigencia de guardar la documentación durante dos años.
Prácticas comerciales. Se prohíben las prácticas comerciales abusivas como la modificación unilateral de los contratos o la exigencia de pagos adicionales no contemplados en los mismos. Se prohíbe, además, el uso por parte de la distribución de información comercial sensible y reclama una gestión adecuada de las marcas de las empresas.
Código voluntario. Todas las empresas se podrán acoger de forma voluntaria al contenido de un Código de Buenas Prácticas elaborado por la Administración o cualquier otro documento similar promovido por una parte. Funcionará un Registro de entidades adscritas al mismo y esas empresas u organismos disfrutarán de preferencia a la hora de disfrutar de apoyos públicos. En este mismo contexto, se creará la figura del mediador en caso de conflicto entre las partes siempre que se hayan adscrito a ese Código
Observatorio. Es el organismo encargado de hacer un seguimiento sobre el comportamiento de la cadena, realización de análisis, estudios de costes, de precios etc.
Agencias. Se trata de un organismo clave para el buen funcionamiento de la cadena con una política de control. Tiene potestad para actuar de oficio si detecta alguna irregularidad y recibir y analizar las denuncias que presente cada una de las partes, así como la propuesta de sanciones que son impuestas por el Ministerio de Agricultura. Para los sectores agrario y de la industria alimentara es muy importante que el mecanismo que se disponga para presentar las denuncias suponga el total anonimato de quien presenta la reclamación con el fin de evitar posibles represalias desde la gran distribución. La potestad de sancionar corresponde al Ministerio de Agricultura con multas de hasta un millón de euros
Venta a pérdidas. La Ley no contempla actuar en este frente que ya se halla regulado en la Ley de la Competencia y en la del Comercio minorista. No obstante, la Agencia puede actuar de oficio si detecta una irregularidad y denunciar la misma a los organismos competentes para su sanción. Así, esta nueva normativa regulará los sistemas de análisis en la red de laboratorios para garantizar una mayor seguridad para empresas y consumidores. Igualmente va a regular los sistemas para la realización de los análisis comparativos sobre los productos agrarios y alimentarios que, en ocasiones, llevan a cabo organizaciones de consumidores o grupos de distribución. El objetivo del Gobierno es que haya un mayor rigor en las tomas de muestras, así como en la presentación de los resultados para que los mismos reflejen la realidad, pero que no causen perjuicios injustificados a las empresas analizadas.
