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La Afedecyl interpreta la normativa de la Junta con el deporte

por Javier Martin Mesa
13 de noviembre de 2020
Un entrenamiento del BigMat Lobos./ KAMARERO

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La Asociación de Federaciones Deportivas de Castilla y León (Afedecyl) está adquiriendo una gran importancia en estos tiempos de pandemia, con el trabajo que realiza ante la Junta reivindicando el trabajo de los deportistas ante las restricciones de la institución autonómica y la errática normativa que ha venido promulgando la Dirección General de Deportes.

La Asociación ha elaborado un informe en el que se aclaran los puntos de la diferente normativa autonómica “que contienen medidas de prevención y control que afectan directamente al deporte y cuya redacción e interpretación resulta ambigua”, según afirma Afedecyl, y que está elaborado por consenso con las diversas federaciones deportivas a las que representa.

¿Qué es competición oficial?

En un primer término, y aclarando lo que se entiende por ‘competición oficial’, que es la que puede entrenar y jugar en las instalaciones deportivas cerradas y al aire libre según la última norma de la Junta, el artículo 18.3 de la Ley de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León estipula que se considerarán competiciones deportivas oficiales las que, ‘realizándose en el ámbito territorial de Castilla y León, se califiquen como tales por las federaciones deportivas, de acuerdo con los criterios que reglamentariamente se determinen, además de las competiciones incluidas en el Programa de Deporte en Edad Escolar y las competiciones universitarias que sean clasificatorias para campeonatos nacionales o internacionales o interuniversitarias declaradas oficiales por la Consejería competente en materia de deporte.

De esta manera, la práctica deportiva no oficial solo podrá practicarse al aire libre y sin contacto físico. La mascarilla no será obligatoria y el límite será de seis personas en las actividades grupales. Las piscinas al aire libre tendrán un aforo máximo del 33 por ciento.

RECOMENDACIONES PARA FEDERADOS

En lo referente a la práctica deportiva federada, las recomendaciones son las siguientes:

  • -En los entrenamientos, el límite máximo será de 30 personas, incluido el monitor o entrenador.
  • En los pabellones con pista polideportiva (40×20 metros) deberá haber 20 metros cuadrados por deportista.
  • En los pabellones divididos en tercios: 20 personas máximo en cada uno.
  • En otras salas (gimnasia, tatamis, etc.): 4 metros cuadrados por persona.
  • En los campos de fútbol, rugby y similares: 80 metros cuadrados por deportista.
  • En la pista de atletismo no se podrá sobrepasar el límite de 180 personas en todas las partes de la misma.
  • Las piscinas al aire libre o cubiertas deberán tener un aforo máximo del 33 por ciento.

En los restantes aspectos se seguirá aplicando lo tipificado en la Guía de Medidas para competiciones oficiales y entrenamientos en el ámbito deportivo federado autonómico de la Junta de Castilla y León así como el Protocolo de Actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional, elaborado por el Consejo Superior de Deportes.

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