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La PAC 2025, que prevé 60.000 demandantes, podrá solicitarse desde el 1 de febrero

por EL ADELANTADO
29 de enero de 2025
Las bases se publican este jueves en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL). / Rubén Cacho

Las bases se publican este jueves en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL). / Rubén Cacho

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El próximo sábado, 1 de febrero, se abrirá el plazo de solicitud única de las ayudas europeas de la Política Agrícola Común (PAC), que prevé aglutinar en Castilla y León más de 60.000 demandantes hasta la fecha tope: el 30 de abril.

La de este año es la tercera campaña que este trámite, con el que se afianzan los importes de la ayuda básica a la renta de agricultores y ganaderos comunitarios, se convoca bajo las medidas previstas en la PAC 2023-2027 y lo hace manteniendo los pagos complementarios, según ha destacado la Junta de Castilla y León este miércoles en un comunicado.

Este proceso, cuyas bases serán publicadas en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) de la jornada de mañana jueves, estima alcanzar las 60.000 solicitudes: tanto el redistributivo a las primeras hectáreas de la explotación como a los jóvenes agricultores que reúnan las condiciones establecidas, y que alcanzarán el valor medio de la ayuda a la renta de la sostenibilidad, con un límite de 100 hectáreas.

Las solicitudes se realizarán a través del programa de gestión desarrollado por la propia Consejería, donde se incluyen todas las novedades, y que ha permitido en los últimos años, como ha destacado la Junta, una posición de liderazgo en la ejecución de pagos en el mismo año de la solicitud.

 

Novedades

La PAC de 2025 llega con algunas novedades que afectan, principalmente, a las normas de condicionalidad y a los ecorregímenes y que dan respuesta a las demandas de flexibilidad solicitadas por el sector durante las protestas que tuvieron lugar a principios del año 2024.

En cuanto a la condicionalidad, se suprime el control en aquellas explotaciones de superficie inferior o igual a 10 hectáreas y se incluyen excepciones en el cumplimiento de la BCAM 5 (Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales) en cuanto a la prohibición de laboreo de parcelas a favor de pendiente cuando esta es superior al 10 %.

Con respecto a la BCAM número 6, relativa a la cobertura mínima del suelo, también se permiten labores verticales no profundas tras la recolección de los cultivos herbáceos de invierno y desaparecen las limitaciones en las superficies de barbecho.

Igualmente, se ha modificado el cumplimiento de la BCAM número 7, ya que se permite la elección entre la práctica de rotación o diversificación de cultivos.

En el caso de optar por la primera, se exige que al menos el 33 % de las parcelas presenten un cultivo diferente respecto al año anterior y que todas las que conformen la explotación agrícola deben cambiar de cultivo al menos cada tres años.

Por ello, esta práctica debe cumplirse durante 3 años consecutivos y, en el caso de optar por la segunda, se mantienen las mismas condiciones de cumplimiento que el pago verde del periodo anterior, motivo por el que desde la Consejería se aconseja la diversificación.

La última novedad dentro de las normas de condicionalidad atañe a la supresión de la obligación de establecer superficies de barbecho en la explotación en cumplimiento de la BCAM 8.

En lo que respecta a los cambios de los ecorregímenes, estos afectan a varias de las prácticas contempladas en la PAC, como la de establecimiento de islas de biodiversidad (P2A), en la que el porcentaje sin segar será el equivalente al 4 % de la superficie acogida a la práctica, entre otras medidas.

Además de las novedades normativas incorporadas en los reales decretos, en esta convocatoria se mantiene la medida FEADER (Fondos Europeos Agrarios de Desarrollo Rural) relativa a las ayudas a las explotaciones ubicadas en zonas con limitaciones naturales, exigiéndose al beneficiario como requisito para la percepción de las ayudas el mismo que en el caso de las zonas de montaña.

Estos son la justificación de que al menos el 50 % de los ingresos totales deben ser agrarios y la afiliación a los regímenes de seguridad social agraria.

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