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El Supremo confirma la legalidad del plan de caza del lobo de la Junta 2016-2019

por Agencia EFE
9 de noviembre de 2021
lobo Ibérico

Un lobo Ibérico descansa en la reserva Natural de Marcelle (Lugo). EFE / Eliseo Trigo

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El plan de caza del lobo ibérico al norte del Duero de la Junta de Castilla y León entre 2016 y 2019 fue «legal«, según ha resuelto el Tribunal Supremo (TS), que ha estimado el recurso de casación interpuesto por el Ejecutivo autonómico por el que se anula la sentencia de 12 de diciembre de 2019 del TSJ-CYL que anuló dicho plan de caza a instancias de un recurso animalista.

Según ha informado este martes la Junta de Castilla y León en un comunicado, el Supremo ha dejado sin efecto, con la aceptación de este recurso, la obligación que judicialmente se había impuesto a la Junta de reparar el daño causado por el abatimiento de los lobos cazados, que se había cuantificado en 842.721 euros.

Como ha señalado el director de los Servicios Jurídicos de la Junta, Luis Miguel González Gago, esta sentencia es «muy importante» por la posible repercusión que pueda tener en un caso idéntico que está a punto de sentenciarse por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ-CYL) sobre el siguiente Plan del Lobo para las temporadas 2019-2022, y que también fue recurrido, como el de 2016-2019, por la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico.

Estos dos procesos judiciales son totalmente independientes del conflicto también judicializado de la reciente inclusión por parte del Gobierno del lobo dentro del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, que ha impedido, de facto, la caza del lobo en toda España y que ha provocado que las Comunidades con población lobera, como Castilla y León, hayan interpuesto un recurso ante la Audiencia Nacional.

En lo referido a este recurso de casación ahora aceptado por el Tribunal Supremo, el proceso se inició con el recurso presentado por la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico contra la Resolución de 29 de julio de 2016 de la Dirección General del Medio Natural por la que se aprobó el Plan de aprovechamientos comarcales del lobo en los terrenos cinegéticos situados al norte del río Duero en Castilla y León para las temporadas 2016-2019.

En primera instancia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León estimó dicho recurso, anuló el Plan de caza e impuesto a la Junta la condena de reparar el daño causado mediante la elaboración de un programa de recuperación, conservación y divulgación de la importancia de la especie por importe de 842.721 euros, que debía pormenorizarse en concretas actuaciones, duración y coste de cada una de ellas.

Ahora el Tribunal Supremo, acogiendo las argumentaciones de los Servicios Jurídicos de la Consejería de la Presidencia, estima el recurso, casa y anula la primera sentencia, y declara la legalidad de dicho Plan del Lobo.

Todo ello, ha explicado la Junta, bajo la base de que en el expediente administrativo de su aprobación «no es necesario que se incluya una motivación específica sobre la conservación de la especie, con estudios científicos específicos y realizados cada año o temporada de caza, sino que basta la determinación normativa de su carácter cinegético y la garantía de que la actividad de la caza resultará compatible con un estado de conservación favorable«.

Alude también la Sentencia a los dos pronunciamientos del Tribunal Constitucional de 22 de octubre de 2020 sobre la Ley de caza de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de 2019, que acogen una tesis similar para confirmar la constitucionalidad de esta.

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