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La Junta reduce a 25 municipios los afectados por las medidas “excepcionalísimas”

por El Adelantado de Segovia
6 de febrero de 2021
La consejera de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Verónica Casado. EFE/NACHO GALLEGO

La consejera de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Verónica Casado. EFE/NACHO GALLEGO

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La Junta de Castilla y León ha aprobado este sábado en el Consejo de Gobierno extraordinario y telemático los veinticinco municipios castellanos y leoneses en los que se aplicarán las medidas excepcionalísimas que refuerzan el nivel 4 de alerta por la pandemia. Entre otras, las acciones incluyen el cierre de la hostelería también a las terrazas, lo que supone la clausura total de la hostelería; adelantar el cierre de los establecimientos comerciales a las 18:00 horas; y suspender al público todas las actividades en museos, bibliotecas, cines, teatros y otros centros de ocio.

Esta actualización supone que 38 municipios en los que se estaban aplicando este régimen reforzado abandonan esta situación, mientras que diez nuevos se incorporan a la misma, de acuerdo con los criterios establecidos por la autoridad sanitaria autonómica.

Las medidas entrarán en vigor mañana con su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, es decir, desde las 18 horas del domingo 7 de febrero, revisándose su contenido y vigencia cada siete días; en este plazo se podrá entrar o salir del área de ejecución de estas restricciones.

Así, la medida afecta, en la provincia de Ávila, a Sinlabajos y Solana del Rioalmar; en Burgos, a Castrojeriz y Santo Domingo de Silos; en León, Puebla de Lillo, Santa Colomba de Somoza, Vegaquemada y Villamor de la Vega; en Palencia, Autilla del Pino, Becerril de Campos, Calzada de los Molinos, Dueñas, Monzón de Campos, Palencia capital y Revenga de Campos.

En la provincia de Salamanca, la medida afecta a Béjar, Encinas de Arriba, Guijuelo, Ituero de Azaba y Ledesma; en Segovia, a Aylllón; en Soria, a Tardelcuende; en Valladolid, a Peñaflor de Hornija y en Zamora, a Arcos de la Polvorosa y Barcial del Barco.

Según lo anunciado por la Junta de Castilla y León, los indicadores epidemiológicos serán una incidencia acumulada en los últimos siete días igual o superior a 1.500 por cada 100.000 habitantes, número de casos igual o mayor a diez en los últimos 14 días y la relación entre incidencia acumulada a 7-14 días igual o mayor a 0,45.

Las medidas concretas

Estas son las acciones acordadas en el Consejo de Gobierno Extraordinario:

  • Limitación horaria para todos los establecimientos comerciales, actividades y servicios regulados en el Acuerdo 76/2020, hasta las seis de la tarde, con las siguientes excepcionalidades, entre otras:
      1. Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
      2. Centros, servicios y establecimientos sanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales cuya actividad no esté suspendida y servicios de naturaleza análoga.
      3. Establecimientos dedicados a la venta de combustible para la automoción y calefacción. Los servicios de alquiler de vehículos y estaciones de inspección técnica de vehículos.
  • Se suspenden todas las actividades de restauración tanto en el interior de los establecimientos como en terrazas al aire libre, con las siguientes excepciones, entre otras:
      1. Servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.
      2. Restaurantes de hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
  • Se suspende la apertura al público de bibliotecas, archivos, museos y salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales, salvo para la prestación de los siguientes servicios mínimos:
      1. Las bibliotecas, para el servicio de préstamo y devolución de obras, con cita previa.
  • Se suspende la apertura al público de cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.
  • Se suspende la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional de ámbito autonómico, salvo las competiciones, incluidos sus entrenamientos, que den acceso directo o cuyas fases regulares de competición desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ámbito estatal.
  • No se permite la asistencia de público a ningún evento deportivo.
  • Suspensión de la apertura al público de los centros de ocio infantil y juvenil.
  • Se suspende la apertura al público de centros de interpretación y aulas de la naturaleza.
  • Se suspende la realización de actividades de tiempo libre en instalaciones, centros o espacios cerrados.
  • Se suspende la apertura al público de las atracciones de ferias.
  • Suspensión de la apertura al público de la actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas.

Listado 25 municipios con medidas sanitarias excepcionalísimas.

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