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Condenan a 28 años a la madre de Sara y a prisión permanente a su expareja

por EUROPA PRESS
5 de junio de 2019
Los abogados de las defensas de Davinia M.G. (d), y el compañero sentimental de la progenitora, Roberto H.H. (3d), conversan con los acusados. / efe

Los abogados de las defensas de Davinia M.G. (d), y el compañero sentimental de la progenitora, Roberto H.H. (3d), conversan con los acusados. / efe

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La Audiencia de Valladolid impuso prisión permanente revisable a Roberto H.H. por el crimen de Sara, la niña de 4 años fallecida el 3 de agosto de 2017 tras recibir una brutal paliza, antes de ser violada, mientras que Davinia M.G, madre de la pequeña, eludió finalmente dicha modalidad de condena, la primera vez que se impone en la provincia, pero a cambio fue condenada a casi 28 años de cárcel.

Tras el veredicto del jurado emitido el pasado día 25 de mayo, tan solo quedaba por conocer las penas finalmente impuestas a los dos encausados, Roberto y su novia Davinia, algo que despejó ayer el magistrado que presidió la sala, Feliciano Trebolle, al comunicar su decisión de imponer al primero prisión permanente revisable como autor del asesinato (agravantes de alevosía y ensañamiento) y violación de la pequeña, así como de otros cuatro delitos de malos tratos con lesión a persona especialmente vulnerable y otro de maltrato habitual, en todos los casos con el odio como circunstancia penalizadora por el origen rumano de la niña.

Además de la prisión permanente revisable, la condena incluye otras penas que suman 22 años de prisión para Roberto.

En el caso de su compañera Davinia, la sentencia no le impone la permanente revisable, pero en cambio la condena a casi 28 años de privación de libertad por la comisión por omisión de los delitos de asesinato (concurre la agravante de alevosía pero no de ensañamiento), un delito de maltrato habitual y tres delitos de maltrato con lesión sobre su hija. En todos los casos, el tribunal le aplica las atenuantes de obcecación y confesión.

Sin embargo, Davinia no queda privada de la patria potestad de su hija mayor, de 12 años, ni le aplica la prohibición de comunicar con ella al aplicar jurisprudencia del Tribunal Supremo que exigiría que para ello dicha menor hubiera sufrido los hechos o presenciado los mismos.

En concepto de responsabilidad civil, ambos condenados habrán de indemnizar, de manera conjunta, al padre de la niña con 95.000 euros y a la hermana con otros 70.000.

La condena impuesta coincide a grandes rasgos con la petición final de la fiscal del caso, ya que las acusaciones populares, Clara Campoamor y Adavasymt, habían mantenido su petición de prisión permanente revisable no sólo para Roberto sino también para Davinia, mientras que la acusadora pública había modificado para excluir a la madre de tal modalidad de pena y solicitar para ella veintisiete años y once meses de cárcel.

Las defensas, que inicialmente pedían la absolución, se habían limitado a demandar del magistrado presidente la imposición de las penas mínimas.

El veredicto pone el punto y seguido (el fallo, con toda seguridad, será recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia) al juicio con jurado más largo de los celebrados hasta ahora en la historia judicial vallisoletana que se inició el pasado día 25 de abril y que en algunas fases, como el día de la pericial forense, se ha celebrado a puerta cerrada debido a la crudeza de las fotografías de la autopsia de la pequeña.

El origen del trágico desenlace de Sara se remonta a la relación de noviazgo que su madre Davinia inició a mediados de mayo de 2017, cuando aún ella seguía conviviendo en el domicilio familiar con su pareja y padre biológico de la pequeña, y casualmente, como así han venido a coincidir todas las acusaciones, a partir de ahí la víctima, de forma sospechosa, comenzó a padecer todo tipo de lesiones, golpes y hasta alguna quemadura.

MALOS TRATOS

No fue hasta el día 11 de julio cuando la madre, una militar destinada en el Palacio Real de Valladolid, decidió llevar a la pequeña al Servicio de Pediatría del Hospital Campo Grande para ser atendida de un fuerte hematoma en los labios y allí los facultativos, alertados por la cantidad de lesiones hallados en todo el cuerpo de Sara, activaron el protocolo de malos tratos. “Tenía el culete, literalmente, cosido a hematomas”, dijo gráficamente en el juicio una médico que la atendió.

Sin embargo, los Servicios Sociales de la Junta no recibieron el encargo de Fiscalía de iniciar una investigación, por correo ordinario, hasta el día 25 del mismo mes, casi quince días después.

La entrevista que los funcionarios de la Junta mantuvieron al día siguiente con Davinia y las niñas ya les hizo sospechar, si bien no lograron volver a mantener encuentros con ellas debido a las largas dadas por la madre y ni siquiera consiguieron que los días 28 de julio y 1 de agosto les franqueara la puerta del domicilio.

Para cuando el día 2 de agosto las técnicos de los Servicios Sociales llamaron a Davinia por teléfono para comunicarle que se hacían cargo de la tutela de Sara, ya era tarde. Al otro lado del teléfono la madre les advirtió entonces de que su hija yacía intubada, en muerte cerebral, en la UCI pediátrica del Clínico Universitario, donde falleció al día siguiente a causa de un traumatismo craneoencefálico.

La autopsia practicada objetivó ya entonces una multiplicidad de lesiones, características del denominado ‘síndrome del niño apaleado’, con moratones de distinta evolución por todo el cuerpo que, según determinaron los forenses, no eran accidentales, así como evidentes muestras de haber sufrido una violación anal y vaginal.

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