La Agencia Tributaria (AEAT) confirmó ayer, mediante un extenso informe entregado al juez instructor del caso Nóos, José Castro, que el departamento aprecia que Iñaki Urdangarín cometió dos delitos fiscales en 2007 y 2008, al haber defraudado hasta 337.138 euros a Hacienda (182.000 euros el primer año y 155.138 el segundo). De este modo, el organismo público desmonta las alegaciones que recientemente entregó el Duque de Palma al magistrado.
Ahora, el magistrado ya tiene sobre la mesa la pericial que le permitirá afinar las conclusiones en las que basarse de cara a incluir al marido de la Infanta Cristina en el auto con el que pondrá fin a la instrucción de la causa y decidir, por ende, si también mantiene la imputación de la propia hija del Rey como cooperadora de los delitos fiscales presuntamente cometidos por su marido.
Tanto la Fiscalía Anticorrupción como la Abogacía del Estado, en representación de la Agencia Tributaria, imputan dos irregularidades tributarias al exdeportista en lo que al IRPF se refiere, al apuntar que el Duque percibió retribuciones procedentes de entidades privadas por su condición de consejero asesor que, sin embargo, eran facturadas a través de Aizoon (empresa de la que es copropietario junto a la Infanta) con el fin de tributar menos en su declaración de la renta.
Más en concreto, el dictamen enviado al juez, después de que éste urgiese a Hacienda a que determinase, de forma definitiva, si el Duque defraudó al fisco, rebate los argumentos expuestos por Urdangarín en el sentido de que las compañías que le abonaron las retribuciones «no actuaron con la diligencia debida en el momento de presentar su declaración, dejando de practicar la correspondiente retención sobre los presuntos rendimientos abonados».
Una circunstancia contraria, aseveraba, a lo establecido en el artículo 99.5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Sin embargo, Hacienda remarca en su nuevo informe que el hecho de que así procedieran las mercantiles nada tiene que ver con que el marido de la Infanta Cristina declarase sus ingresos a través de Aizoon, lo que la Agencia Tributaria considera irregular por cuanto, con esta práctica, se pretendía ocultar al verdadero receptor de los cobros.
Según el organismo público, al no tributar esos ingresos como IRPF, Urdangarín se benefició del tipo impositivo más reducido del impuesto de sociedades, así como de la deducción de gastos personales. Además, amortizó la carga tributaria de Aizoon sin derecho alguno por su inactividad empresarial.
Mientras, el abogado del Duque, Mario Pascual Vives, subrayaba en su escrito que «en el negado caso» de que los rendimientos que obtuvo a través de Aizoon por asesorar a diversas empresas «deban imputarse a título personal» a su patrocinado, ni en 2007 ni en 2008 se habría traspasado el umbral de los 120.000 euros que determinaría haber incurrido en un delito contra Hacienda.
Un extremo que también niega la Agencia Tributaria en su extenso informe ya que, según explica, Urdangarín dejó de ingresar 182.005 euros de IRPF en 2007 y 155.138 euros en 2008, con lo que en ambos ejercicios superaría el umbral delictivo de 120.000 euros.
