La Audiencia Provincial ha condenado a 12 años de cárcel a un hombre por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años, tras considerar probado que entre los años 2023 y 2024 mantuvo relaciones sexuales con una adolescente de 13 años, a la que conoció a través de las redes sociales.
La sentencia considera acreditado que el acusado, nacido en Nicaragua, que en el momento de los hechos contaba con 23 años y que se encontraba en situación irregular en España, por lo que lleva en prisión desde abril de 2024, contactó con la menor mediante las aplicaciones de Instagram y TikTok, donde utilizó perfiles falsos y aseguró tener una edad inferior a la real.
Según el fallo, el hombre se ganó la confianza de la víctima mediante engaños sobre su identidad, su nacionalidad y su situación personal.
La resolución judicial recoge que ambos comenzaron a verse en el verano de 2023 y que, desde agosto de ese año hasta abril de 2024, mantuvieron encuentros en el domicilio del acusado. En al menos cinco ocasiones el condenado mantuvo relaciones sexuales con penetración vaginal con la menor, siendo plenamente consciente de que su edad era de 13 años.
Informe médico falso
El tribunal señala que el acusado evitaba ser visto junto a la menor y que en los encuentros utilizaba mascarilla o permanecía a oscuras para impedir que ella pudiera ver su rostro. También considera probado que convenció a la menor para mantener relaciones sin protección y que llegó a entregarle un informe médico falso para asegurarle que no padecía enfermedades de transmisión sexual cuando la víctima le inquirió a que se pusiera un preservativo.
La Audiencia sostiene que la víctima presentaba una situación de especial vulnerabilidad derivada de conflictos familiares, problemas emocionales y conductas autolesivas, circunstancias que el acusado conocía y de las que se aprovechó.
El condenado será expulsado de España por siete años cuando haya cumplido la mitad de la condena, puesto que se encontraba en situación irregular en el país
Por todo ello, la Audiencia establece una pena de 12 años de prisión. Pero acuerda asimismo que, una vez cumplida la mitad de la condena, el resto del tiempo sea sustituido por la expulsión del territorio español, con prohibición de regresar al país durante siete años.
Además de la pena de prisión, el tribunal impone al condenado la prohibición de acercarse a menos de 1.000 metros de la menor, de comunicarse con ella y de residir en la localidad donde tenga su domicilio durante un periodo superior en diez años al tiempo de condena.
La resolución también establece siete años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena, diez años de inhabilitación para ejercer funciones de patria potestad, tutela o acogimiento y la prohibición de desarrollar actividades profesionales o laborales con contacto habitual con menores durante un periodo superior en quince años al tiempo de prisión impuesto.
En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 25.000 euros por daños morales.
Un hombre acepta dos años de cárcel por agredir sexualmente a una menor
La Audiencia Provincial también hizo pública la sentencia por la que condena a dos años de prisión a otro hombre por otro delito de agresión sexual, en este caso a una menor de 14 años, después de que éste reconociera los hechos y alcanzara un acuerdo de conformidad con la Fiscalía durante el juicio celebrado el pasado 26 de mayo.
Según recoge la sentencia, los hechos ocurrieron el 31 de octubre de 2022 después de que el acusado, que contaba entonces con 24 años de edad, contactara con la menor a través de la red social Instagram a comienzos de ese mismo mes. Ambos mantuvieron conversaciones privadas y quedaron en la capital entre las dos y las seis de la tarde.
La resolución judicial considera probado que, tras pasear por el centro de Segovia, ambos se desplazaron a la zona de los Altos de la Piedad, donde el acusado, “con ánimo libidinoso” y sabiendo que la menor tenía 14 años, realizó diversos actos de carácter sexual.
Acuerdo
La Fiscalía solicitaba inicialmente una pena de diez años de prisión por un delito de agresión sexual a menor de dieciséis años, aunque durante la vista modificó su escrito al apreciar la concurrencia de dos atenuantes, una relacionada con varios déficits en habilidades sociales y comprensión de dinámicas interpersonales, y otra de reparación del daño, después de que el acusado consignara 3.000 euros en la cuenta de la Audiencia Provincial, para que fueran usados en concepto de reparación de los daños morales en el caso de que la sentencia fuera condenatoria.
La defensa se adhirió a la modificación de las conclusiones y el acusado mostró su conformidad con los hechos y las penas solicitadas.
Además de la pena de prisión, la Audiencia impuso la prohibición de aproximarse a menos de 1.000 metros de la víctima, de su domicilio, centro de estudios o cualquier lugar donde se encuentre, así como la prohibición de comunicarse con ella durante un periodo superior en cinco años al de la condena.
También se le impuso al condenado una medida de libertad vigilada de cinco años, y la inhabilitación para ejercer profesiones o actividades con contacto habitual con menores. Además, su perfil quedará incluido en la base de datos policial de ADN.
La ejecución de la pena de prisión que en suspenso durante cuatro años, condicionada a que el condenado no vuelva a delinquir, cumpla las medidas de alejamiento y prohibición de comunicación y realice un programa de educación sexual.
