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Un informe obliga a “podar” la Ordenanza de Protección del Acueducto

por S.G.H
21 de agosto de 2018
en Segovia
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La futura ordenanza regulará, entre otros aspectos, la instalación de terrazas de hostelería en el entorno del Acueducto. / C. Yusta

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Un informe de la Secretaría General del Ayuntamiento obliga a “podar” la futura Ordenanza para la protección del entorno del Acueducto, todavía en fase de borrador, según ha informado la concejala de Patrimonio Histórico, Claudia de Santos.

De Santos, que califica de “un revés, entre comillas” este informe, porque puede suponer un nuevo retraso en la tramitación de esta normativa municipal, explica que el criterio de la secretaria es que existen otras ordenanzas específicas para algunos de los ámbitos recogidos en el borrador, e incluyen incluso sanciones para determinados supuestos.

La edil indica que son tres al menos las ordenanzas municipales ya en vigor con las que de alguna manera interferiría la nueva ordenanza: la de circulación, la de convivencia ciudadana y la de ocupación de la vía pública con terrazas.

Sobre esta última, De Santos comenta que se añadirán los elementos que iba a recoger la de protección del entorno del principal monumento de la ciudad, mientras en otros casos, como la de convivencia ciudadana, ya están reflejadas una serie de prohibiciones, por ejemplo, la realización de necesidades fisiológicas, como defecar, orinar y escupir en los espacios públicos (desde calles y plazas a jardines, etc.), con multas en caso de incumplimiento de hasta 3.000 euros, además de no exonerar a los autores en el caso de daños o perjuicios causados de la obligación de repararlos, aunque la sanción puede sustituirse por trabajos en beneficio de la comunidad.

Esta Ordenanza de Convivencia Ciudadana, en vigor desde 2011, recoge expresamente en el artículo 26 que cuando las conductas relativas a necesidades fisiológicas se realicen en espacios de concurrida afluencia de personas o frecuentados por menores, o cuando se haga en monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos o en su entorno quedan “especialmente prohibidas”.

Además, el artículo 14 señala que cuando las infracciones se realicen sobre monumentos histórico-artísticos o edificios catalogados o protegidos, tendrán la consideración de muy graves, y serán sancionadas con multa de 1.500,01 a 3.000 euros.

Un año de espera

El 30 de septiembre se cumplirá un año del final del periodo de consulta pública que abrió el Gobierno municipal socialista para que los ciudadanos pudieran participar en el proceso de elaboración de esta nueva ordenanza con la que los responsables municipales quieren atajar, por ejemplo, el progresivo aumento de la utilización del entorno del Acueducto con elementos de mobiliario urbano (terrazas, papeleras, contenedores, publicidad, señales, etc.) colocados sin orden, sin armonización, sin coordinación y con una ocupación intensiva, considerados “contaminantes” porque menoscaban e impiden apreciar el monumento.

Otros aspectos que desde la Concejalía de Patrimonio Histórico quieren regular es la proliferación de actividades y espectáculos que aprovechan la singularidad del Acueducto “de forma banal”, con un bien que hay que recordar es Patrimonio Mundial de la Humanidad; así como los efectos derivados del tráfico rodado y conductas degradantes y usos impropios que lo deterioran, lo afectan negativamente, alteran su imagen, su comprensión, su disfrute, su valor estético y monumental, sus cualidades excepcionales, su singularidad y sus características culturales y patrimoniales, entre otras.

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