El médico Eufemiano Fuentes, eje principal de la trama de dopaje de la ‘Operación Puerto’, fue condenado ayer a un año de prisión por delitos contra la salud pública, la mitad de lo que había pedido la fiscalía. Según la sentencia, el polémico doctor también tendrá que cumplir cuatro años de inhabilitación y pagar una multa de 15 euros diarios durante 10 meses.
La jueza Julia Patricia Santamaría condenó, asimismo, a cuatro meses de cárcel y otros cuatro de inhabilitación el exdirector José Ignacio Labarta. Ninguno ingresará en prisión, ya que la extensión de las condenas les permite cumplirlas en libertad condicional.
El resto de imputados -la médico Yolanda Fuentes y los exdirectores Manuel Saiz y Vicente Belda- fueron absueltos.
La magistrada decidió también no conceder acceso a las autoridades deportivas a las más de 200 bolsas de sangre que fueron incautadas en la redada policial que destapó la trama en mayo de 2006. «Han de prevalecer las garantías procesales y el respeto a los derechos fundamentales de los deportistas recogidos en la Constitución Española».
La Federación Española de Ciclismo (RFEC), la Asociación Mundial Antidoping (AMA), la Unión Ciclista Internacional (UCI) y el Comité Olímpico Italiano (CONI) habían solicitado muestras que pudieran identificar de forma inequívoca a los clientes aún desconocidos de Fuentes.
El fallo advierte, además, de que cuando la sentencia sea firme se destruirán las bolsas que ahora siguen custodiadas en un laboratorio de Barcelona. También deberán eliminarse las copias del material informático que se le intervino a los implicados, donde las acusaciones sospechan que hay datos para identificar a deportistas tramposos.
Durante el juicio celebrado en Madrid, que se prolongó durante más de dos meses y vio pasar por la sala a decenas de testigos y peritos, se acreditó que Fuentes organizó, junto al hematólogo José Luis Merino Batres, eximido del banquillo por padecer Alzheimer, un lucrativo banco de sangre privado para realizar autotransfusiones a decenas de deportistas, un método prohibido en el deporte.
Sin embargo, el dopaje no fue incluido en el Código Penal hasta 2007, meses después de que el galeno y los otros cuatro acusados fueran detenidos, por lo que el objeto del proceso se centró en los delitos contra la salud pública.
En este sentido, la magistrada apuntó que la sangre es un medicamento y que el fin perseguido por las actividades de Eufemiano Fuentes no era mejorar la salud del deportista, «sino elevar artificialmente el rendimiento».
Además, consideró probado que el médico administró a sus ciclistas productos dopantes como EPO, factores del crecimiento, testosterona, insulina o la hormona gonadotropina. «Esto es un peligro potencial para al salud de los deportistas», reza la sentencia, que tiene 384 folios y que ha sido elaborada en menos de un mes.
El proceso concitó la atención de la prensa nacional e internacional, que lleva años preguntándose quién está detrás de los pseudónimos con los que Fuentes identificaba a sus clientes.
Durante los casi siete años que ha durado el caso, cerrado y reabierto en dos ocasiones, España ha estado en el ojo de la polémica por su política antidoping. Prensa y organismos internacionales han criticado con dureza los obstáculos de la Justicia y la tibieza del Gobierno. La sentencia se recurrirá con seguridad a la Audiencia Provincial de Madrid.
