La maquinaria urbanística que impulsa el desarrollo del Plan Regional de Ámbito Territorial (PRAT) de Las Lastras ha sufrido esta semana un nuevo frenazo. El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León ha dictado la suspensión cautelar del procedimiento de contratación para la redacción del proyecto de urbanización de la zona, después de admitir a trámite un recurso que pone en cuestión la legalidad de la adjudicación realizada por la sociedad pública Somacyl. El recurso, presentado el pasado 15 de mayo, ha quedado registrado bajo el número 82/2025 y deja en el aire, al menos temporalmente, la hoja de ruta marcada por la Junta para intervenir en 227.930 metros cuadrados de terreno.
La decisión del Tribunal, adoptada conforme al artículo 53 de la Ley de Contratos del Sector Público, implica el cese automático del procedimiento administrativo hasta que se resuelva el fondo del recurso. Pero más allá de los efectos formales, lo que revela esta resolución es la fragilidad jurídica de un plan que ha sido señalado desde su origen por colectivos vecinales, colegios profesionales y representantes del sector empresarial. Y es que, como rezan los fundamentos del recurso admitido, la adjudicación del contrato se produjo cuando el PRAT aún se encontraba en fase de exposición pública, sin aprobación definitiva y sin haber resuelto las alegaciones presentadas por entidades tan relevantes como el Colegio de Arquitectos de Segovia o la Federación Empresarial Segoviana.
ADJUDICACIÓN APRESURADA
La adjudicación, efectuada a favor de la empresa Inserma Ingenieros por un importe de 128.787 euros, se formalizó antes de que el plan urbanístico obtuviera el visto bueno definitivo. Según denuncian los recurrentes, esto vulnera de forma flagrante los principios de transparencia, buena administración y participación ciudadana, al comprometer recursos económicos sobre un proyecto que aún está en evaluación. El hecho de que la redacción del proyecto se adjudicara sin atender previamente las más de cuarenta alegaciones presentadas, convierte la actuación de la Junta en una suerte de carrera por “ganar tiempo”, como reconoció públicamente la Delegación Territorial.
Los vecinos denuncian que la adjudicación del proceso de contratación se hizo sin aprobar el plan y antes de resolver las alegaciones ciudadanas
La Comisión de Desarrollo Territorial y Urbanismo de la FES, que aglutina a agentes inmobiliarios, constructores, arquitectos y otros profesionales del sector, ya mostró su “profunda sorpresa” por la adjudicación del contrato en un contexto en el que aún no se han respondido las observaciones técnicas remitidas a la Administración. “Es como empezar una casa por el tejado”, declaró tajante Ricardo Carretero, presidente de la Comisión, quien recordó que algunas de las propuestas formuladas —como el rediseño del vial estructurante o el aumento de la densidad residencial— fueron elaboradas conjuntamente con el Colegio Oficial de Arquitectos.
“No representamos intereses políticos, sino a ciudadanos y profesionales comprometidos con el desarrollo ordenado de Segovia”, apuntó por su parte Miguel Tovar, presidente de la Asociación de Agencias de la Propiedad Inmobiliaria, quien denunció una actitud institucional que “ningunea” la participación pública y desperdicia el asesoramiento de técnicos con décadas de experiencia.
ALEGACIONES
Más allá de las irregularidades formales, el proyecto del PRAT arrastra dudas de mayor calado. El documento de alegaciones presentado por el grupo vecinal, con una extensión de 40 páginas, alerta sobre errores técnicos, jurídicos y medioambientales que podrían invalidar el plan en su conjunto. Uno de los más graves es un desfase altimétrico de 45 metros en la documentación técnica, que establece una cota de 1050 metros donde los datos topográficos oficiales indican 1005. Este error podría comprometer los cálculos de movimiento de tierras, pendientes, cimentaciones e incluso el presupuesto base de ejecución.

Otro fallo señalado en el estudio es la ausencia del epígrafe 7.3.5 en el Estudio Ambiental Estratégico, al que sin embargo se remite el apartado relativo a las medidas correctoras frente a la erosión y el deslizamiento del terreno. Una omisión que pone en entredicho la validez del análisis ambiental del proyecto, máxime cuando se trata de una ladera calcárea con antecedentes documentados de desprendimientos en otros puntos de la ciudad.
No menos relevante es el desplazamiento de hasta seis metros de la línea divisoria entre suelo urbano y suelo rústico de protección cultural. Esta modificación —sin justificación técnica aparente— permitiría encajar el principal vial del desarrollo, pero lo haría invadiendo terreno protegido, lo que contraviene los límites establecidos por el Plan General de Ordenación Urbana y el Plan Especial de Áreas Históricas.
El grupo vecinal no descarta que empresas licitadoras se sumen a los recursos antes del viernes y señalan que “las casas están bien, pero todo lo demás no lo está”
El análisis independiente realizado por el colectivo vecinal también pone en duda la fiabilidad económica del proyecto. Mientras el PRAT cifra en 3,8 millones el coste de los viales proyectados, los técnicos externos estiman que solo los desmontes necesarios en la ladera podrían elevar ese importe hasta los 15 millones. La razón: la presencia de roca caliza compacta, que requeriría una inversión muy superior a la contemplada en el presupuesto oficial. Esta desviación, de confirmarse, afectaría a la viabilidad financiera del desarrollo y podría desembocar en sobrecostes de difícil justificación pública.
EL PROBLEMA DEL VIAL
Pero quizá el punto más polémico del PRAT es el trazado del vial principal, que discurre a escasos cinco metros de las fachadas traseras de varias viviendas de la calle Madrona y Mahonías. La cercanía generaría un ‘efecto túnel’ entre los inmuebles y el talud rocoso, con el consiguiente aumento del ruido, la contaminación y las vibraciones. El impacto acústico, según los informes consultados por los alegantes, superaría los límites legales establecidos para entornos residenciales, lo que podría derivar en reclamaciones, sanciones o la necesidad de aplicar medidas correctoras con un coste importante.
Modificar este trazado no es sencillo. Cualquier intento de alejar el vial requeriría invadir terreno protegido, lo que obligaría a revisar el Plan de Áreas Históricas. La otra opción, eliminar el vial, afectaría al diseño del aparcamiento previsto y a la conexión directa con el hospital, lo que generaría nuevos problemas de funcionalidad y acceso.
CINCO DÍAS PARA RESOLVER
El artículo 53 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público regula la suspensión automática del procedimiento de contratación como consecuencia de la interposición de un recurso especial en materia de contratación.
En su redacción, la Ley señala que la interposición del recurso especial en materia de contratación producirá automáticamente la suspensión del acto impugnado, cuando éste sea el acuerdo de adjudicación, siempre que el recurso se haya presentado dentro del plazo legalmente establecido.
Además, otorga un plazo de cinco días hábiles desde la interposición del recurso para que el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales (o el órgano competente) resuelva expresamente sobre el levantamiento o mantenimiento de la medida cautelar, dejando claro que este órgano podrá adoptar otro tipo de medidas, incluida la suspensión del procedimiento, cuando existan motivos graves y fundados que así lo aconsejen, valorando el interés público.
ADMITIDO AL DÍA SIGUIENTE
El colectivo vecinal que ha conseguido frenar la adjudicación de la redacción del proyecto “poco probable” que su recurso prospere, pero valora positivamente que éste haya sido aceptado formalmente. “Se ha admitido justo al día siguiente laborable de haberlo planteado, cosa que yo creo que es muy buena señal. Algo ha detectado el Tribunal”, sostiene su portavoz. El colectivo no descarta que puedan sumarse nuevas voces críticas al procedimiento, “y habrá que ver si alguna de las empresas que participaron en la licitación también presenta su recurso. Ellas sí tendrían fuerza suficiente como para que se parase todo”.
CUATRO MOTIVOS
La plataforma fundamenta su recurso en cuatro motivos clave. En primer lugar, sostienen que la adjudicación se ha producido sin que el Plan Regional de Ámbito Territorial (PRAT) haya sido aprobado formalmente, lo que a su juicio invalida el marco de referencia del proyecto. En segundo lugar, denuncian que la resolución de las alegaciones ciudadanas sigue pendiente, y sin esa respuesta “no hay garantías mínimas de participación real”, apuntan.
Además, acusan a las administraciones implicadas de vulnerar los principios de transparencia y buena administración, al comprometer recursos públicos y avanzar en una actuación urbanística que sigue en proceso de evaluación. El portavoz vecinal recuerda que la licitación se abrió en enero, fue suspendida por un primer recurso empresarial, se reactivó en febrero y se resolvió a finales de abril. “Todo esto, pocos días después del cierre de la exposición pública y antes de responder a las alegaciones. O hay una descoordinación completa o hay voluntad de mala práctica. Una de las dos cosas”, afirma con rotundidad.
PREMURA INSTITUCIONAL
El grupo pone el foco también en las declaraciones recientes de la Delegación Territorial de la Junta, que admitió en medios que se trataba de “avanzar y ganar tiempo”. Para los recurrentes, esta frase resume “una premura institucional injustificada” y revela una gestión apresurada y lesiva para el interés general. “Eso no es planificación. Es piloto automático e inercia administrativa, y es muy mala práctica”, insisten.
El recurso solicita que se suspendan los efectos de la adjudicación hasta que se resuelvan todas las alegaciones ciudadanas, por entender que de lo contrario se genera “inseguridad jurídica no solo para los afectados por el plan, sino también para las empresas licitadoras”.
Aunque el portavoz vecinal reconoce que tanto vecinos como promotores comparten la idea de que “las casas están bien, y cuantas más mejor incluso”, considera que el procedimiento adolece de graves fallos de forma. “Lo que está mal es el resto de cosas”, sentencia. El plazo para presentar alegaciones finaliza este viernes.
