Los hombres están detrás del 92 por ciento de los delitos contra la seguridad vial que se cometen en Castilla y León. El pasado año, la Guardia Civil detuvo o investigó a 2.117 conductores en la Comunidad, de los que solo 170, el 8 por ciento, fueron mujeres. Este porcentaje es inferior a la media nacional que se situó en el 10,5 por ciento, dado que de los 24.949 delitos, 2.619 fueron cometidos por féminas.
Por provincias, León volvió a situarse en cabeza con 413 investigados, un 10,8 por ciento menos en 2022, por delante de Valladolid, con 309 (-9,6 por ciento), y Burgos, que acumuló 276 (+1,8 por ciento). Llama la atención el incremento del 24,6 por ciento registrado en la provincia de Segovia, que sumó 233 delitos. En el extremo opuesto se situó Palencia, con 149 (-16,7 por ciento), por delante de Soria con 153 (+9,2 por ciento) y Ávila, con 179 (-8,2 por ciento). En la provincia de Salamanca se contabilizaron 189 (-8,7 por ciento) y en Zamora, 216 (+8,5 por ciento).
MULTAS
Por otra parte, y a excepción de las denuncias que tramitan los radares de velocidad y que suponen más de la mitad, el pasado año los agentes de la Guardia Civil tramitaron 263.468 denuncias en la carreteras de la Comunidad, un 0,22 por ciento más que en 2022, y un 14,6 por ciento más que en 2019.
Por provincias, Burgos se situó en cabeza con 54.568 (-12,4 por ciento), por delante de Valladolid, donde se contabilizaron 39.865 (7,53 por ciento) y Salamanca, con 33.667 (+0,1 por ciento). En el extremo opuesto se encuentra Zamora con 15,683 (-3,6 por ciento); Palencia, con 18.460 (+6,9 por ciento) y Ávila con 21.960 (+8,1 por ciento). En León los agentes impusieron 32.540 denuncias (+7 por ciento), en Segovia 24.373 y en Soria 22.343 (+3,5 por ciento).
PENAS
Las sanciones por dar positivo en un control de alcoholemia van desde los 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del permiso de conducir (entre 0,25 y 0,50 miligramos por litro en aire espirado) hasta los 1.000 euros y seis puntos en los casos más graves (más de 0,50 miligramos). En el caso de ser reincidente, la multa también es de mil euros, independientemente de la tasa de alcohol.
No obstante, conducir bajo los efectos del alcohol se convierte en un delito cuando se supera una tasa de 0,60 miligramos. La penas que establece el Código Penal van desde tres a seis meses de prisión, multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y, en cualquier caso, la privación de conducir entre uno y cuatro años.
Las mismas penas conlleva el ser condenado por un delito por exceso de velocidad. Para convertirse en un delito el conductor debe superar en más de 60 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida en vía urbana o en más de 80 la máxima permitida en vía interurbana.
Por su parte, conducir sin carné pasó a ser delito en mayo de 2008 después de que entrara en vigor el artículo 384 del Código Penal, donde se establecen penas prisión de tres a seis meses, o multa de 12 a 24 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días.
En el caso de conducción temeraria, el código penal determina penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho de conducir por tiempo superior a un año y hasta seis años. Según el Tribunal Supremo, el dolo de este tipo de delito “requiere de conocimiento de que con la anómala conducción se pone en concreto peligro la vida o integridad física de las personas”.
