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La Junta cierra el interior de la hostelería en Carbonero y lo abre en Cantalejo

por Guzmán Gila
10 de mayo de 2021
en Segovia
Bar Barra Coronavirus Hosteleria el Sitio

Interior de un bar en Segovia. / KAMARERO

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La Junta de Castilla y León ha acordado este lunes mantener el cierre de interiores de hostelería en los municipios de Segovia capital, el Real Sitio de San Ildefonso y Palazuelos de Eresma, régimen al que se une también Carbonero el Mayor al empeorar sus indicadores epidemiológicos. Asimismo, decae de este régimen preventivo el municipio de Cantalejo, después de dos semanas con el interior de sus establecimientos de hostelería clausurados. Las medidas excepcionales entrarán en vigor a partir de las 00:00 horas de mañana, 11 de mayo.

Esta restricción se aplica en vista de los indicadores epidemiológicos de cada uno de los municipios, siendo la incidencia acumulada de casos en 14 días el principal baremo para aplicación de las medidas excepcionales. Así, se incorporan a esta situación aquellos municipios mayores de 5.000 habitantes que tienen una incidencia acumulada de la Covid-19 (IA) superior a 150 casos por cada 100.000 habitantes en las últimas dos semanas, aunque también se aplica en los municipios de más de 1.000 habitantes con una alta incidencia.

A este último criterio responde el cierre de los interior de la hostelería en el municipio de Carbonero el Mayor, por debajo de ese límite marcado de 5.000 habitantes. Según la información del portal de datos abiertos de la Junta de Castilla y León, el municipio traza un tendencia ascendente con una incidencia acumulada de 561 casos por 100.000 habitantes en las últimas dos semanas, mientras que en siete días se han diagnosticado 160 casos.

Decae de este régimen preventivo Cantalejo, que cuenta con una IA de 421 casos en 14 días y 84 en la última semana. El municipio briquero se vio obligado a cerrar el pasado 27 de abril el interior de sus bares. También lo hizo el Real Sitio de San Ildefonso, que mantendrá, al menos, otra semana más las medidas excepcionales.

Por otra parte, Segovia capital, pese a que ha rebajado notablemente sus indicadores de riesgo, se enfrenta a su sexta semana con el interior de los establecimientos de hostelería y locales de juegos y apuestas cerrados. En este sentido, el sector ya comunicó su disposición a acudir a los tribunales si estas medidas restrictivas impuestas por la Junta no decaían este mismo lunes. Los responsables hosteleros anunciaron entonces que el objetivo será conseguir unas medidas cautelares que levanten las restricciones excepcionales, lo que permitiría abrir interiores mientras se resuelve el proceso legal.

En Castilla y León, la actualización hoy aprobada alcanza 29 términos municipales: Arenas de San Pedro y Las Navas del Marqués (Ávila); Burgos, Aranda de Duero, Medina de Pomar y Miranda de Ebro (Burgos); León, Ponferrada, San Andrés del Rabanedo, Valverde de la Virgen y Villablino (León); Aguilar de Campoo y Guardo (Palencia); Alba de Tormes, Peñaranda de Bracamonte y Villamayor (Salamanca); Segovia, Carbonero el Mayor, El Real Sitio de San Ildefonso y Palazuelos de Eresma (Segovia); Soria y Ágreda (Soria); Íscar, La Cistérniga, Laguna de Duero, Medina del Campo, Peñafiel y Simancas (Valladolid); y Benavente (Zamora).

Por otra parte, decae este régimen preventivo excepcional en Alfoz de Quintanadueñas (Burgos); Bembibre (León); Ciudad Rodrigo, Santa Marta de Tormes y Villares de la Reina (Salamanca); Cantalejo (Segovia); Almazán (Soria); y Aldeamayor de San Martín (Valladolid).

Medidas excepcionales

Las medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional son las siguientes:

  • Se suspenden todas las actividades de restauración en el interior de los establecimientos, con las siguientes excepciones a dicha suspensión:
    • Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo.
    • Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
    • Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
    • Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
    • Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
  • Se suspende la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas.
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