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Absueltos todos los acusados de la operación antidroga ‘Resurgir’

por FDESCALZO
4 de marzo de 2021
en Segovia
Audiencia Juicio Trafico Drogas KAM9896

Un momento de la vista oral que tuvo lugar el mes pasado en la Audiencia durante tres jornadas. / KAMARERO

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Absueltos los 16 acusados por la muerte de seis mineros en el accidente de 2013 en el Pozo Emilio

Condenados a 22 y 17 años de cárcel una mujer y un hombre por el “Crimen del Tera”

La Audiencia Provincial ha absuelto a los doce detenidos por la Guardia Civil en la operación antidroga bautizada con el nombre de ‘Resurgir’, en la lucha contra el tráfico de drogas en Segovia.

En aquella operación, culminada en junio de 2019, días antes de las Ferias y Fiestas de Segovia, se detuvo a nueve hombres y a tres mujeres, algunos de ellos con lazos de parentesco. Todos fueron juzgados durante los días 16,17 y 18 del mes pasado en la Audiencia, durante largas sesiones en las que se negaron a contestar al Ministerio Fiscal y se declararon inocentes.

La Audiencia Provincial justifica la absolución de todos los acusados en el hecho de que no existe «prueba lícita bastante para condenar a ninguno de los acusados por los delitos que se les viene acusando, de tráfico de drogas y pertenencia a grupo criminal«. Y esa fue la base que mantuvieron las defensas de los imputados, algunos de los cuales han llegado a ingresar en prisión por esta causa.

La sentencia, que puede ser recurrida, recoge que los objetos intervenidos a los acusados, tales como teléfonos, discos duros, básculas y otros elementos, deberán serles devueltos. Pero añade que se deberán destruir todas las sustancias estupefacientes y demás objetos prohibidos o de ilícito comercio que les fueron incautados.

La resolución judicial toma su base en que este juicio «parte de un pie forzado, valga el símil literario, como es la declaración de nulidad por vulneración del secreto de las comunicaciones las intercepciones telefónicas de los teléfonos de varios de los acusados«. Con sus argumentos, el Tribunal reprende de forma implícita el modo de actuar del equipo que llevó a cabo la operación policial y el Juzgado de Instrucción donde comenzaron las investigaciones.

Árbol envenenado

Con las escuchas ilegales se vulneraba el derecho de defensa y la tutela judicial efectiva de los investigados. Y esa «ilicitud se transmite a la las diligencias probatorias posteriores«. La Audiencia aplica la doctrina constitucional y jurisprudencial de la teoría de ‘la fruta del árbol envenenado’, que va anulando las actuaciones que imputan los delitos a todos los acusados.

Todo a pesar de que esta operación sirvió para la incautación de más de once kilogramos de cocaína de gran pureza que llegó al Aeropuerto de Barajas desde Colombia, y con la que se abrió otra investigación en un Juzgado madrileño.

A la Audiencia Provincial le sorprende «la ruptura de la continencia de esa causa, de que se haya seguido una investigación por dicha aprehensión, esto es por el transporte de la droga, en el Juzgado de Instrucción 14 de Madrid, y al tiempo se siguiese la investigación por haber encargado y planeado esa adquisición de droga en el Juzgado de Instrucción de Segovia con el resultado de dos sentencias distintas». «Lo coherente debería haber sido, o bien que el Juzgado de Madrid se hubiese inhibido a favor del de Segovia, o que éste hubiese librado testimonio al de Madrid«, poniendo de relieve la intervención de (uno de los acusados) en la comisión de dicho delito.

La operación permitió que la Guardia Civil de Segovia realizara un registro en el domicilio del supuesto cabecilla de la red, un conocido de las fuerzas de seguridad, por anteriores operaciones, y que había levantado las sospechas de los guardias. En el registro los agentes no encontraron drogas. Sí se localizaron algunos utensilios como una báscula de precisión. Pero ello impide, según el Tribunal, encausarlo: «Lo cierto es que ni en esa báscula ni en ningún otro objeto intervenido en la vivienda se encontró resto alguno de cocaína, o al menos no consta que se realizaran pruebas técnicas precisas para determinar la posibilidad de existencia de esos restos, con lo que el resultado de dicho registro carece de relevancia para probar su dedicación al tráfico de drogas que se le acusa«.

En otros registros domiciliarios sí se encontraron algunas sustancias, pero eran de consumo propio, tal como señalaron los propios acusados al Tribunal.

Homicidio esclarecido

También es cierto que la operación llevada a cabo por la Guardia Civil de Segovia permitió esclarecer un homicidio ocurrido en la provincia de Burgos. En todo caso, la sentencia de la Audiencia segoviana advierte de que la «deducción de testimonio por el posible homicidio o asesinato de otra persona es un extremo que no se ve afectado por la fuente de conocimiento inicial de tal hecho, sin perjuicio de lo que pueda decidir la Audiencia Provincial de Burgos cuando haya de enjuiciar este delito«.

Las penas que se solicitaban para la docena de acusados eran de cárcel por períodos de entre cinco años y dos meses, hasta nueve años y medio . Y las multas económicas iban desde los 16.390,51 euros hasta los 2,8 millones de euros, al tratarse de cantidades de cocaína muy elevadas, según denunciaba la Fiscalía.

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