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Sànchez pide salir de la cárcel para ser investido ‘president’ el lunes 12

por EUROPA PRESS
6 de marzo de 2018
en Nacional
Jordi Sànchez, a su llegada a la Audiencia Nacional en octubre antes de ser enviado a prisión.

Jordi Sànchez, a su llegada a la Audiencia Nacional en octubre antes de ser enviado a prisión. / E.P.

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El expresidente de la ANC y número dos de JxCat, Jordi Sànchez, solicitó al Tribunal Supremo (TS) que lo deje en libertad para poder ser investido en un pleno del Parlament el 12 de marzo.

Así lo hizo en dos escritos al juez en los que a través del abogado Jordi Pina pide que se le ponga en libertad provisional o se le dé permiso para ir presencialmente al pleno. Argumenta que si no se le permite ir al pleno se estarán vulnerando sus derechos personales y los de los ciudadanos, ya que no se estará respetando la voluntad de un Parlament elegido democráticamente que quiere investirle.

Por ello, solicita al juez la “inmediata puesta en libertad provisional” y que resuelva el asunto en la mayor brevedad posible, teniendo en cuenta que el pleno de investidura se celebrará en seis días.

En caso de no lograr la libertad provisional, Sànchez pide que se le otorguen “permisos extraordinarios para poder acudir al acto de investidura previsto para el día 12 de marzo”.

Pina cita el antecedente de Juan Carlos Yoldi, que siendo preso preventivo de ETA fue autorizado por un juez en 1987 para acudir presencialmente a una sesión de investidura en el Parlamento vasco. “Esta defensa está convencida de que, más allá de lo que reclamen ahora ciertos partidos políticos o aventuren los medios de comunicación, el Sr. Instructor compartirá el mismo criterio aplicado en su día al ‘caso Yoldi’ y no desautorizará aquella decisión”, arguye Pina.

Y añade que “en un sistema constitucional mínimamente respetuoso con las libertades ciudadanas, riesgos difusos para el orden público no pueden legitimar nunca la anulación de derechos políticos elementales, ni alterar tampoco el sentido de la voluntad de una cámara parlamentaria elegida democráticamente”.

“Perjuicio democrático”

“Desautorizar el criterio aplicado en el único precedente español de 1987 supondría, con los debidos respetos, una triste involución en materia de respeto a los derechos civiles y políticos de los ciudadanos, además de un grave perjuicio para la democracia y el pluralismo político”, sentencia.

También defiende que, tal jurisprudencia, evidencia que los derechos políticos no pueden limitarse “hasta el extremo de impedir que un diputado todavía inocente” pueda presentar su candidatura ante una cámara parlamentaria por muy graves que fueran los delitos imputados.

La experiencia previa del ‘caso Yoldi’, añade Pina, “demuestra que, pese a las interesadas voces de alarma, la asistencia al pleno se desarrolló con absoluta normalidad y el sistema constitucional español pudo dar una lección al mundo de respeto a los derechos humanos y a la democracia”.

Por ello, rebate “el (supuesto) peligro para la seguridad pública que puede entrañar la conducción del candidato a la sede parlamentaria”, y rechaza que puedan producirse tumultos.

Pina también pone énfasis en “la muestra evidente de la voluntad, no sólo personal (Jordi Sànchez), sino de todo su grupo parlamentario (JxCat), de respetar las decisiones del Constitucional aunque no se comparta su contenido”.

Y recuerda que la candidatura de Sànchez se presenta “una vez que se ha decidido retirar la previa candidatura de Carles Puigdemont tras el correspondiente pronunciamiento cautelar del Tribunal Constitucional”.

“Si realmente la voluntad de mi mandante —y de los restantes miembros de su candidatura— hubiera sido la de rebelarse violentamente es evidente que en ningún caso se hubiera optado por concurrir a las elecciones o presentar un candidato alternativo” a Puigdemont para presidir un Gobierno autonómico.

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