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Sacyl pagará 163.472 euros a la familia de una paciente fallecida

por Redacción
5 de mayo de 2016
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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia castellanoleonés condenó a Sanidad de Castilla y León (Sacyl) y a la entidad aseguradora Zurich a indemnizar con 163.472 euros, más los intereses y las costas procesales, a los familiares de una paciente vallisoletana al estimar que hubo una asistencia deficiente por parte de los servicios sanitarios públicos que condujo a su fallecimiento.

La paciente, una mujer de 47 años, acudió a los servicios de urgencia en dos ocasiones aduciendo dolores estomacales. La sentencia, según una información del despacho de abogados Vicente & Matanza Asesores y Consultores , apunta que hubo una mala praxis médica en ambas asistencias.

En la última de ellas, los servicios de urgencia acudieron al domicilio de la víctima el día 22 de octubre de 2012 tras sufrir un desmayo. Sin embargo, y tras la realización de unas pruebas, los servicios médicos abandonaron el domicilio y la paciente murió tan solo una hora después.

La muerte se produjo por un shock séptico provocado por una peritonitis. Las sentencia concreta que el fallecimiento tiene su origen en una peritonitis por salida de líquido a la cavidad peritoneal, lo que produjo una abdominalgia y, finalmente, una sepsis y un shock séptico.

Tal circunstancia fue objeto de censura en su sentencia por parte del TSJCyL, que constata que la víctima fue “abandonada a su suerte” sin la realización de estudios más completos o la adopción de otras medidas terapéuticas. En su opinión, tal proceder “no se estima correcto y roza la inhumanidad”.

Además, el Tribunal tiene en cuenta en su sentencia que tanto la Inspección Médica como el Consejo Consultivo dieron la razón a los familiares de la víctima en su reclamación y llegaron igualmente a la conclusión de que la asistencia médica proporcionada fue deficiente. Pese a ello, la Consejería de Sanidad y la aseguradora Zurich no estimaron la reclamación presentada por la familia.

Con esta sentencia se pone fin a más de dos años de litigio. Se trata de un fallo novedoso por cuanto impone, además, las costas del procedimiento a la Administración, a la vez que censura y reprocha la lentitud en la tramitación del expediente en fase administrativa.

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