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¿Quién responde de los daños causados por los jabalíes en nuestra parcela? Responsabilidad por daños de caza

por Celia Miravalles
10 de diciembre de 2020
Los jabalíes pueden ser un canal de transmisión de la PPA. / el adelantado

Los jabalíes pueden ser un canal de transmisión de la PPA. / el adelantado

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De conformidad con la legislación de caza y el Código Civil son responsables de los daños causados en los terrenos vedados sus propietarios y los titulares de aprovechamientos cinegéticos. En suma serán responsables los titulares de los cotos de caza siempre que se trate de piezas de caza procedentes del coto.

Si los daños se producen por piezas de caza en terrenos del coto, esto es, en las fincas incluidas en el coto, se atribuye la responsabilidad civil de forma directa y principal al titular del coto. Estableciendo la presunción legal que son los animales de dicho coto los que han causado estos daños. Así lo establecen las siguientes normas:

El art. 1906 CC: “El Propietario de una heredad de caza responderá del daño causado por ésta en las fincas vecinas, cuando no haya hecho lo necesario para impedir su multiplicación o cuando haya dificultado la acción de los dueños de dichas fincas para perseguirla”.

El art. 12 de la ley 4/1996 de 12 de julio de Caza de Castilla y León:

1.- La responsabilidad por los daño producidos por las piezas de caza en los terrenos cinegéticos, en los refugios de fauna y en las zonas de seguridad se determinará conforme a lo establecido en la legislación estatal que resulte de aplicación…

2.- La responsabilidad por los daños producidos por la piezas de caza, excepto cuando el daño sea debido a culpa o negligencia del perjudicado o un tercero, corresponderá en los terrenos vedados a sus propietarios.

El art. 33 de la Ley 1/1970 de 4 de abril de Caza:

1.- Los titulares de aprovechamientos cinegéticos, definidos en el art. 6 de esta Ley, serán responsables de los daños originados por las piezas de caza procedentes de los terrenos acotados. Subsidiariamente serán responsables los propietarios de los terrenos.

¿Cómo podemos averiguar quién tiene la titularidad del coto?

La forma más efectiva es solicitar un certificado al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León comprensivo de los siguientes extremos:

1.- Situación de localización de la parcela afectada con respecto de los cotos de caza y/o terrenos cinegéticos más cercanos.
2.- Los titulares de dicho coto y/ o terrenos cinegéticos (propietarios/arrendatarios) y la dirección del coto a efectos de notificaciones.
3.- El tipo de aprovechamiento cinegético (si los jabalíes son piezas cazables en dicho terreno).


(*) Abogada

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