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LA GRAN MENTIRA

por Ángel Gracia Ruiz
16 de febrero de 2026
ANGEL GRACIA
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ARTIFICIAL, SÍ, PERO ¿INTELIGENCIA?

Una democracia de ciudadanos

Sospechosos habituales

Vivimos ignorantes actuando sobre el escenario donde se representa ‘la Gran Mentira’. Las normas de un concepto irreal e inexistente denominado ‘democracia’ constituyen las bases del guión de esta obra. El caso es que, cuando un actor representa su papel, sabe que no es el personaje, sino quien lo personifica. Sin embargo, en esta función parece que la fuerza del papel conlleva intrínsecamente aparejado el olvido de uno mismo. Nadie se acuerda ya de quién es.

Pongamos un solo ejemplo sobre cuanto ocurre en escena: “Real Decreto para llevar a cabo un proceso de regularización extraordinaria de personas extranjeras que ya se encuentran en España”. La ilegalidad tiñe la norma formal y materialmente.

En cuanto a la forma, fijando la jerarquía, nuestra norma magna, establece y define el orden y clasificación siguientes: Constitución, Derecho de la Unión Europea, La Ley (Ley Orgánica, Ordinaria y Autonómica), El Decreto (Real Decreto Ley, Real Decreto Legislativo y Real Decreto) y el Reglamento.

Tratados, Reglamentos y Directivas de la Unión Europea no pueden oponerse a la Constitución. Las Leyes Orgánicas regulan materias de especial relevancia, de ahí la necesidad de mayoría absoluta del Congreso para aprobarlas. Las Leyes Ordinarias, para el resto de materias, mayoría simple. El Decreto es una norma emanada del Gobierno que desarrolla o aplica lo que dispone una ley, con rango inferior a ella y no puede contradecirla ni modificarla. Existen tres tipos principales de decretos: Real Decreto-Ley, que se aprueba en situaciones de “extraordinaria y urgente necesidad”, debe ser convalidado por el Congreso en 30 días y tiene rango de ley desde su convalidación; Real Decreto Legislativo, que permite al Gobierno refundar o compilar varias leyes cuando las Cortes le han delegado esa facultad; el Real Decreto, que puede actualizar, modificar o derogar un reglamento (que previamente desarrollaba una Ley Orgánica), pero solo para ajustar la ejecución técnica o procedimental; no puede cambiar la esencia, derechos o libertades ni el rango de la Ley Orgánica que regula; tiene un carácter reglamentario, pero no constituye ley; sus manifestaciones no pueden ir contra lo expresado en las leyes ni en la Constitución; están limitados a materias sobre las cuales no haya una exigencia de regulación legislativa; van firmados por el Rey y requiere la aprobación del Presidente del Estado o del Consejo de Ministros; precisan, aclaran o desarrollan la ley; no pueden crear obligaciones nuevas no previstas en ella.

El presente Real Decreto carece de urgente necesidad. Pretende la modificación del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Extranjería, concretamente de su Disposición Transitoria Quinta, que regula “Autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales por razón de arraigo”, mediante la cual se cumplía el mandato establecido en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, (LO de extranjería). Este formato de Real Decreto es una trama para evitar la necesidad de la convalidación parlamentaria y es contrario al contenido, mandato y ámbito de regulación reglamentaria establecida en la Ley Orgánica que modifica.

Desde un punto de vista del fondo del asunto, ha precisado del acuerdo de los ministros de un partido que ha manifestado públicamente la finalidad de su voto favorable: “que los migrantes irregularizados no les dejen solas con tanto facha, que van a cambiar la ley para que puedan votar y barrer de fachas y racistas este país, reemplazándolos por ellos mismos”. A vece me pregunto si los fiscales conocen el artículo 510 puntos 1, 3, 4 y 5 el Código Penal (delito de odio) y si recuerdan su obligación de ejercicio de la acción penal cuando ha quedado supuestamente vulnerado dicho Código. ¡En fin! ¡Forma parte del guión!

El citado decreto permite a cualquier ilegal, incluso con cientos de antecedentes policiales, sin condena penal firme, obtener la regularización. Determinados países (Argelia, Marruecos) no van a expedir certificado de antecedentes, que los ilegales pueden suplir con una simple declaración jurada.

Si nos vamos a las estadística no informadas oficialmente (Eurostat), España ha pasado de ser uno delos países más seguros al quinto más inseguro. El 64,41% de los detenidos (policía de Navarra) son extranjeros, siendo su población el 13%. El 60/65% de los delincuentes (archancha/ mozos) son extranjeros. En agresiones sexuales, el porcentaje es aún más alto. Las órdenes de expulsión no se ejecutan. Marruecos y Argelia no reconocen a ningún indocumentado. Los marroquíes lideran las nacionalizaciones aprobadas por las comisiones de regularización a pesar de que hay población hispano americana (Cuba, Venezuela, Colombia) muy superior. Organizaciones humanitarias tiñen la responsabilidad del gobierno del traslado de inmigrantes de ciertos lugares a otros a través de contratos públicos con ONGS financiadas (Cruz Roja, etc.). La rescatada Air Europa es la compañía que más inmigrantes traslada de Canarias a la península. Marruecos ha indultado a 60.000 delincuentes peligrosos comunes desde 2019, presionándolos e incitándolos a marchase de allí. Somos sus vecinos y los recibimos con esa hospitalidad descrita en el Corán. El enemigo está dentro, incluso en el CNI y se facilita el salto.

La norma anuncia la regularización de 500.000 pero la verdad, en unos años, nos dará una cifra muy superior.

El caso es que esta es simplemente una de las escenas de ‘La Gran Mentira’. El guión del resto de los actos es idéntico. Los términos ‘derechas’ e ‘izquierdas’ sólo sirven para encubrir dictaduras. Las dictaduras son el resultado de la acción de los dictadores. Los dictadores son los ejecutores del guión recibido para ejecutar. Comparten unos rasgos comunes: falta de empatía y remordimiento, indiferencia absoluta ante el sufrimiento ajeno, ausencia de culpa al causar daño, encanto superficial y carisma, capacidad para seducir a las masas y ocultar sus verdaderas intenciones malévolas, narcisismo, sentido desmesurado de auto importancia, egocentrismo, creencia de ser especiales o superiores, manipulación, mentira patológica, uso de la insinceridad para manipular a otros y conseguir sus objetivos, impulsividad, toma de riesgos, actuación sin planificar a largo plazo buscando gratificación inmediata, comportamiento antisocial y delictivo, desprecio total por las leyes, normas sociales y derechos humanos, necesidad de poder, control absoluto, ambición insaciable por dominar y someter a otros, disfrute o indiferencia ante el dolor infligido a opositores o ciudadanos, miedo extremo a perder el poder, lo que lleva a ver enemigos en todas partes y a purgas constantes, constitución de culto a su alrededor presentándose como figuras infalibles, mesiánicas o padres de la nación…

El caso es que el tiempo no es lineal, sino cíclico, repetitivo, en un proceso de creación, mantenimiento y destrucción. A veces, en una vida, nos toca soportar a dos de estos.

El incomprensible secreto de su existencia se sustenta en la ignorancia de la población gobernada. No me refiero a una ignorancia de conceptos, sino a la gran ignorancia: el olvido de “¿quién soy?”. Y ello ocurre por el descuido, abandono y permisividad de dejarse absorber por el personaje que le han dicho que debe de representar en la obra titulada “La Gran Mentira”.

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Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

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