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Miñanco niega los cargos por blanqueo y apela a la presunción de inocencia

por EUROPA PRESS
25 de octubre de 2018
en Nacional
Sito Miñanco a su llegada a la Audiencia de Pontevedra para asistir al juicio.

Sito Miñanco a su llegada a la Audiencia de Pontevedra para asistir al juicio. / efe

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El histórico ‘narco’ José Ramón Prado Bugallo, conocido como Sito Miñanco, negó ayer los cargos por blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico, en la primera de las sesiones del juicio que se celebra en la Audiencia de Pontevedra y en la que su abogado, Gonzalo Boye, apeló a la presunción de inocencia de su cliente.

En la primera sesión del juicio, en la que solo se debatieron las cuestiones previas, se pudo escuchar a los procesados —Prado Bugallo, su primera mujer, su excuñada y un socio— en una única ocasión, para confirmar que conocían los hechos por los que iban a ser juzgados y para rechazar los cargos.

Uno a uno, los cuatro acusados respondieron a la pregunta del magistrado Xosé Xoan Barreiro Prado, indicando que conocían los hechos por los que están siendo juzgados, para rechazar posteriormente los cargos que se les imputan.
El abogado de Sito Miñanco, Gonzalo Boye, planteó en las cuestiones previas el efecto impeditivo de “cosa juzgada”, es decir, que en este proceso judicial por blanqueo de capitales hay la preexistencia de una sentencia firme dictada sobre el mismo objeto.

En concreto, el letrado aludió a la existencia de “informes idénticos” por parte del perito principal en esta causa y en la investigación en torno a la Inmobiliaria San Saturnino sobreseída en su momento en los juzgados de Vilagarcía y Cambados, aunque el archivo en esta última sede fue revocado por la Audiencia de Pontevedra.

Gonzalo Boye también ha alegado que en la sentencia de la Audiencia Nacional del año 1993, que impuso a Miñanco una pena de 20 años de reclusión y una multa de 205 millones de pesetas por un delito de tráfico de cocaína, “se vulneró su derecho de defensa”.

A raíz de aquel juicio, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) condenó a España a indemnizar al narcotraficante cambadés con 7.000 euros por las escuchas telefónicas que realizó la policía durante la investigación. Ayer, Boye reiteró que “no debió ser condenado”, por lo que presentará un recurso a tal efecto en esta causa, por, entre otras razones, “haber incumplido la normativa comunitaria de presunción de inocencia”.

Desde su entrada en el Palacio de Justicia, Sito Miñanco no se desprendió de un ejemplar de la revista Interviú del año 1983, que publicaba un artículo titulado ‘Conexión gallega. Contrabando: toda la verdad’, al que hizo referencia Gonzalo Boye.

El letrado esgrimió que su defendido mantenía entonces “una actividad perfectamente lícita”, argumentando que en aquellos años vivía en Bélgica, donde “tenía una empresa comercializadora de tabaco” y que “pagaba impuestos”. Para acreditarlo, presentó documentación “traducida del flamenco”.

Por otra parte, el abogado del constructor José Alberto A., acusado por la Fiscalía como testaferro de Sito Miñanco, pidió “la nulidad de todo lo actuado, sin excepción y también sin posibilidad de reapertura” del caso. También se adhirió a las cuestiones previas planteadas por el abogado de Gonzalo Boye “de forma brillante”.

Tutela judicial efectiva

El abogado del empresario alegó que, en el caso de este acusado, no se había respetado el principio de la tutela judicial efectiva, causando “indefensión”. Además, dijo que su defendido permaneció “ajeno” a este proceso durante cuatro años y “no pudo recurrir a ninguna instancia judicial”.

Tras asegurar que su cliente no participó en ninguna operación de tráfico de drogas, afirmó que “si la especulación urbanística fuese un delito, medio país tendría que estar en la cárcel”. E instó a la Fiscalía a que precise “con qué alijo de droga se pudo obtener beneficio” para poder financiar las operaciones urbanísticas que están bajo sospecha.

La Fiscalía Especial de Delitos Económicos de Pontevedra y de la Agencia Tributaria señalan a este empresario por acumular un patrimonio inmobiliario valorado en diez millones de euros que, apuntan, procedían del narcotráfico. El Ministerio Público asegura que era una operación de blanqueo llevada a cabo en connivencia con el resto de personas que se sientan en el banquillo.

Igualmente, los representantes legales de la exmujer, la excuñada y la hija mayor de Prado Bugallo, reclamaron el sobreseimiento de la causa e incluso la prescripción de todos los delitos.

El fiscal, Jesús Calles, indicó que “no procede estimar las cuestiones previas planteadas”.

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