La Sección Décima de la Audiencia de Barcelona acordó ayer permitir que los exdirigentes del Palau de la Música Fèlix Millet y Jordi Montull salgan de la cárcel con fianzas de 400.000 y 100.000 euros, respectivamente, informó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en un comunicado.
De esta forma, el TSJC ha estimado parcialmente el recurso de súplica presentado por sus defensas contra el ingreso en prisión decretado tras la sentencia condenatoria del caso Palau.
Los magistrados imponen el pago de las fianzas porque consideran que sigue existiendo un riesgo de fuga dada la elevada condena impuesta y que ni el arraigo personal y patrimonial, ni la edad ni las patologías son suficientes para hacer desaparecer dicho riesgo.
La sala también decidió acordar una serie de medidas cautelares si se hace efectiva la fianza y los condenados quedan en libertad: presentarse mensualmente ante el juez, entregar el pasaporte y no salir de España.
Pendiente de recursos
Millet y Montull se encuentran en prisión provisional desde el 5 de febrero a la espera de que el Tribunal Supremo (TS) se pronuncie sobre los recursos que sus abogados presentaron contra las condenas.
El 15 de enero les sentenciaron a 9 años y ocho meses de prisión, y 7 años y seis meses por el saqueo de la institución musical, que ascendió a 23 millones de euros.
Sin embargo, y tras conocer la decisión de la Audiencia barcelonesa, se supo que ni Millet ni Montull podrán hacer frente a las fianzas impuestas para poder salir de la cárcel, según informaron fuentes jurídicas.
Según las fuentes consultadas, Millet tiene todos sus bienes entregados voluntariamente y embargados y están vendiendo bienes de manera activa para resarcir a los perjudicados, por lo que le es imposible reunir los 400.000 euros exigidos por el tribunal.
En el caso de Montull, a quien le exigen un montante inferior, de 100.000 euros, se intentará reunir el dinero para conseguir su puesta en libertad, según las citadas fuentes.
Los magistrados imponen el pago de las fianzas porque consideran que sigue existiendo un riesgo de fuga dada la elevada condena impuesta y que ni el arraigo personal y patrimonial, ni la edad ni las patologías son suficientes para hacer desaparecer dicho riesgo.
