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Luz verde al convenio sanitario entre Castilla y León y La Mancha

Comprende cinco zonas básicas de salud, todas ellas en la provincia de Ávila: Lanzahita, Sotillo de la Adrada, Arenas de San Pedro, Mombeltrán y Candeleda

por EL ADELANTADO
13 de marzo de 2025
en Castilla y León
Se incluyen la atención especializada, urgencias, emergencias y transporte sanitario, gestión del conocimiento, investigación e historia clínica electrónica.

Se incluyen la atención especializada, urgencias, emergencias y transporte sanitario, gestión del conocimiento, investigación e historia clínica electrónica.

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El Consejo de Gobierno autorizó hoy la formalización del nuevo convenio de colaboración entre Castilla y León y Castilla-La Mancha en materia de asistencia sanitaria a los pacientes que viven en sus territorios limítrofes del Valle del Tiétar (Ávila). Este acuerdo, que fue adelantado por el consejero de Sanidad, Alejandro Vázquez, durante el Pleno celebrado en las Cortes el pasado martes, se centra en los ámbitos asistenciales de atención especializada, urgencias, emergencias y transporte sanitario, gestión del conocimiento, investigación e historia clínica electrónica.

El convenio, que tiene una duración de cuatro años prorrogable por otros cuatro, incluye los dos niveles asistenciales: la atención especializada y la asistencia sanitaria urgente, incluido el transporte sanitario.

Así, se mantiene la atención para los ciudadanos de Castilla y León en el Hospital Nuestra Señora del Prado de Talavera de la Reina. Las cinco zonas básicas de salud de Castilla y León que incluye su alcance corresponden a las del Valle del Tiétar, limítrofe con Castilla-La Mancha, con un total de 29.239 tarjetas sanitarias beneficiadas: Lanzahita (2.552), Sotillo de la Adrada (11.627), Arenas de San Pedro (7.616), Mombeltrán (2.467) y Candeleda (4.977).

Se incluyen todas las prestaciones previas: asistencia al parto, ingresos programados y consultas externas en las especialidades de endocrinología, neurología, neumología, reumatología y oncología médica (incluida asistencia en hospital de día oncológico) y la atención sanitaria urgente.

Además, se han incrementado las siguientes especialidades respecto a lo recogido en el Protocolo de 2009: Obstetricia, Cardiología, Nefrología, todas las asistencias derivadas de las urgencias, especialmente traumatológicas, cardiológicas y neurológicas que precisen un especial abordaje y seguimiento posterior; así como los procesos con ingreso hospitalario y las técnicas y procedimientos atendidos en centros, servicios y unidades de referencia.

Se prevé también la colaboración en materia de gestión del conocimiento, investigación y acceso a las historias clínicas con el fin de facilitar el acceso para las personas objeto de la asistencia sanitaria.

 

Patologías y transporte

Por lo que se refiere a la asistencia hospitalaria urgente, el acuerdo incluye atención al parto y de patologías como código ictus, código infarto y casos de politraumatizado grave. La coordinación se realizará por los Centros Coordinadores de Urgencias (CCU) de las dos comunidades, de manera que el CCU donde se haya producido el incidente llevará la gestión global del mismo.

La asistencia sanitaria de los pacientes que se desplacen temporalmente a la otra Comunidad será la misma que se aplique a los desplazados de cualquier otra y, en todo caso, en las mismas condiciones que si se tratase de su región de origen.

En cuanto al transporte sanitario, el convenio establece que para el acceso de los pacientes a la atención ambulatoria, en las altas hospitalarias de hospitalización y urgencias que requieran el traslado a domicilio, su prescripción se realizará por el personal sanitario que esté realizando la atención sanitaria correspondiente.

 

Igualdad de acceso

Las comunidades de Castilla y León y Castilla-La Mancha poseen zonas de salud limítrofes entre sí, de forma que la plena igualdad en el acceso a las prestaciones sanitarias, por parte de las poblaciones de estas zonas, requiere la necesaria colaboración y la coordinación entre ambas administraciones, al objeto de facilitar la asistencia sanitaria a los pacientes, y por eso los servicios de salud de ambas comunidades vienen colaborando históricamente, tanto en atención primaria como en atención especializada.

Como se sabe, con fecha de 11 de diciembre de 2020 se firmó el Protocolo de Intenciones entre ambas comunidades en materia de atención sanitaria (que daba continuidad al firmado en 2009). Desde ese momento, la información y la experiencia acumulada permiten concretar con mayor precisión el alcance de la colaboración en materia de salud.

Con la finalidad de fijar en un acuerdo expreso tanto el alcance asistencial, como la concreción de nuevas necesidades y el establecimiento de mecanismos de colaboración que permitan abordar de manera coordinada problemas comunes en materia de salud, ambas partes manifiestan su voluntad de suscribir un convenio en materia de asistencia sanitaria.

Según los últimos datos disponibles (2024), un total de 2.399 pacientes del Valle del Tiétar han recibido atención sanitaria urgente en el Hospital Nuestra Señora del Prado de Talavera de la Reina, cifra a la que hay que sumar 110 pacientes hospitalizados de forma programada para recibir asistencia en las especialidades de obstetricia, neurología, neumología, reumatología y oncología médica, incluida la atención en el hospital de día oncológico. Además, se han realizado 452 consultas en las citadas especialidades, de las que 139 fueron de Oncología Médica.

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