Los mayores de 65 años que vendan cualquier tipo de activo, no sólo inmuebles, sino también acciones u objetos de valor, para dedicarlo a una renta vitalicia que complemente su pensión no tributarán en el IRPF por la plusvalía generada en dicha venta, según anunció el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, durante su participación en ‘El Ágora’ de ‘El Economista’.
Ésta es una de las novedades que incluirá el Gobierno en el proyecto de ley de reforma fiscal que aprobará el próximo viernes el Consejo de Ministros, ya que en el anteproyecto inicialmente presentado no figuraba esta medida, solicitada desde el sector financiero y de seguros.
«Es perfectamente oportuno en este momento que los mayores de 65 años tengan la capacidad de hacer líquido cualquier bien material que tengan para dedicarlo a una renta vitalicia que complemente su pensión», subrayó Ferre, quien afirmó que este tipo de seguros es una figura que está creciendo y que el Gobierno estima que debe potenciar fiscalmente.
En la misma línea, el proyecto de ley también incorpora otra mejora respecto al anteproyecto relativa a la fiscalidad de los productos de ahorro sistémico, al rebajar de diez a cinco años el periodo mínimo de tiempo de la inversión para beneficiarse de una menor fiscalidad.
Según Ferre, el IRPF que salga de la reforma fiscal será un tributo «nuevo y distinto» y supondrá mucho más que remontarse al impuesto que había en 2012, cuando el PP llegó al Gobierno, ya que los tipos y los tramos son diferentes y se beneficia especialmente a las rentas medias y bajas, aquellas con salarios inferiores a los 24.000
euros anuales.
Rebaja fiscal
«Porque es justo y ningún efecto macroeconómico se puede conseguir si la rebaja fiscal no beneficia al tramo donde se encuentra el mayor número de contribuyentes», justificó el secretario de Estado, quien aseguró que el momento actual es el «idóneo» para llevar a cabo una reforma fiscal, que en conjunto dejará en manos de los contribuyentes españoles un total de 9.000 millones de euros y tendrá un efecto sobre el Producto Interior Bruto (PIB) del 0,55% en el transcurso de dos años.
