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Libertad religiosa y Covid

por Ángel Galindo García
8 de noviembre de 2020
en Tribuna
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La libertad religiosa es uno de los derechos fundamentales del ser humano. Su único límite está en el ejercicio del bien común. Por ejemplo, va en contra de la libertad religiosa tanto el terrorismo religioso como la instrumentalización de la religión por parte del poder.

La libertad religiosa es un derecho humano que consiste en que todos los hombres son libres de decidir sobre la religión, es decir, de seguir y profesar libremente una determinada religión, de manera que ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella en privado y en público, solo o asociado con otros, dentro de los límites debidos. Este derecho se enfrenta a posibles coacciones de personas particulares, de grupos sociales, o del poder político.

Algunas manifestaciones específicas de este derecho son la libertad de realizar actos de oración o culto, individual o colectivamente; tener templos o lugares de culto; poder recibir asistencia religiosa en residencias, hospitales, cuarteles, etc.; libertad de educación, para no recibir la que sea contrario a los propios principios religiosos, etc.

En época COVID podemos observar que esta libertad religiosa a veces queda debilitada y otras anulada. El poder tiene autoridad para regular la convivencia y dar normas para que el virus no se extienda a través de concentraciones diversas, incluidas las religiosas, pero no tiene poder para cerrar iglesias o templos o impedir que se rece en las mismas si se cumple la normativa establecida.

La expresión y mandato por parte del poder diciendo que tal autoridad ha ordenado cerrar una iglesia por razones del covid es sencillamente abusiva. Podrá obligar a que se cumplan las distancias, se usen los geles correspondientes, pero no puede prohibir decir misa a un sacerdote solo o acompañado por una o dos personas o que el templo este abierto y una persona, cumpliendo los aforos, entre en un templo a rezar.

También se llama libertad religiosa a la que tiene el cristianismo u otras religiones, como el Islam o la religión hebrea, reconocidas por el Estado, para poder cumplir su misión en la sociedad.

Es un derecho fundado en la dignidad misma de la persona humana, conocida por la misma religión y por la misma razón natural. Debe ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad de forma que se convierta en un derecho civil, por lo que nadie puede ser discriminado por su religión.

El derecho a la libertad religiosa no supone hacer relativa la verdad objetiva que cada ser humano está obligado a buscar como deber moral. Las creencias propias pueden ser defendidas respetando las de otras personas.

La libertad religiosa como derecho se ha formulado por el cristianismo, cuya doctrina defiende una libertad personal absoluta para acoger la fe y una libertad personal y comunitaria para practicarla. El derecho de libertad religiosa ha sido defendido generalmente desde el nacimiento de la ilustración y de las libertades en el siglo XVIII y ha sido recogido en la declaración de los Derechos Humanos.

Es función de la Iglesia, con sus agentes de pastoral y sus autoridades, el regular la vida eclesial y comunitaria (la práctica de los sacramentos, el culto, las formas de evangelización y catequesis, la ayuda a los pobres y las obras de caridad), el poner los medios para favorecer, colaborando con las propuestas de los poderes legítimos, la extinción del virus.

La supresión directa o indirecta de la libertad religiosa siembra caminos de desestabilización social y personal pues afecta a lo más sagrado de la persona humana, facultad que puede impulsar el dar la vida por sus creencias. En este sentido, el papa Francisco dice en uno de sus últimos escritos: “es posible un camino de paz entre las religiones y por tanto es necesario garantizar la libertad religiosa, un derecho humano fundamental para todos los creyentes” (Fratti Tutti, 279) y “en nombre de la fraternidad universal se adopte el diálogo como camino, la colaboración común como conducta y el conocimiento mutuo como método y criterio”(FT 285).

La Iglesia, desde el ejercicio de su libertad religiosa y cumpliendo sus fines, colaborará siempre con la sociedad y los poderes legítimos para erradicar el COVID de nuestras vidas.

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