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“Las Leyes de Indias son el precedente del reconocimiento de los Derechos Humanos ”

por Mercedes Temboury
9 de junio de 2024
en Segovia
Julio Henche

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Julio Henche, abogado y escritor, acaba de publicar ‘Las leyes de Indias’ en la editorial Gadir.

¿Cómo surgió su interés por la legislación indiana?

Podía decir que la motivación principal para escribir el libro fue un hecho fortuito y sobre todo una decepción. Me invitaron a participar en una conferencia para hablar sobre las Leyes de Indias, y sorprendentemente no había prácticamente nada publicado que fuera actual ni tampoco información valida en redes sociales, o en el mejor de los casos era un tema tratado muy vagamente. Me parecía inconcebible que un ordenamiento jurídico de más de 6.500 disposiciones y que tuvo más de trescientos años de vigencia estuviera condenado al ostracismo. Por otra parte, el periodo de pandemia me facilitó el tiempo necesario para empezar con la investigación y hacer real este libro que lo consideraba necesario.

¿Qué derechos actuales tienen su origen en las leyes de Indias?

Las bases que asentó el derecho indiano siguen presentes en América y me atrevería a decir que en muchos otros ordenamientos jurídicos. En 1934 para la universidad de Oxford, las Leyes de Indias eran el precedente del reconocimiento de los derechos humanos y es que hasta 1512  con la promulgación de las leyes de Burgos no se asumía claramente que toda persona por el hecho de nacer tiene unos derechos naturales inherentes e inalienables. Por otra parte, en la legislación vigente en América los temas sobre protección de los menores, matrimonios, cabildos, el comercio, las herencias, la navegación por ejemplo  están presentes en sus ordenamientos jurídicos gracias al derecho indiano que se promulgó y desarrollo durante más de tres siglos.

¿Qué buscaban las primeras leyes de los Reyes Católicos en Indias?

La protección de los indios y la evangelización. Es decir, implantar el humanismo cristiano que se gestaba en los foros de pensamiento y doctrina de Castilla. No cabe duda de ello porque Isabel la Católica y luego su esposo Fernando como impulsor de las Leyes de Burgos dictaron disposiciones muy explicitas. Tuvieron como principal propósito el buen trato de los indios que consideraban como sus vasallos en igualdad a los de otros reinos. La evangelización suponía un deber prioritario de los reyes  que venía impuesto no solo por sus convicciones sino por las mismas bulas papales que eran el titulo jurídico que legitimaba la intervención de los reyes para expandir sus dominios  en aquellas tierras.

¿Incumplió Colón las capitulaciones pactadas con los Reyes Católicos?

Las Capitulaciones eran concesiones de los reyes equivalentes a lo que hoy sería una “Concesión  de la administración pública” con tres finalidades: abrir nuevas rutas comerciales, evangelizar las tierras descubiertas y contribuir a las arcas del Reino con un quinto de las ganancias obtenidas. La realidad descubierta superó con creces las expectativas y se presentaron situaciones complejas a las que nadie se había enfrentado antes. La familia de Colón estuvo pleiteando durante generaciones por considerar que la concesión otorgada por los reyes les daba derechos perpetuos sobre todo el comercio en América y los reyes cambiaron el criterio con posterioridad por considerar que su concesión cuando menos era revisable.

Hay que tener en cuenta que la misión contemplada en las capitulaciones de Santa Fe con Colon era financiada en su mayor parte por la Corona de Castilla, pero también contribuyeron mercaderes genoveses, venecianos y el mismo Cristóbal Colon aportando toda su fortuna, y los resultados económicos tardaron algunas décadas en llegar, lo que condujo al descubridor a la desesperación. Incluso se planteó la idea de abandonar la expansión en América, idea abortada entre otras razones, por el deber asumido de evangelizar las tierras recién descubiertas y considerar que el descubrimiento del Nuevo Mundo había sido voluntad de la divina providencia que conllevaba obligaciones para el reino que no se podían evitar.

¿Qué añadieron las leyes de Burgos en 1512?

Las Leyes de Burgos suponen un cambio transcendental en la concepción del ser humano y en el reconocimiento de sus derechos naturales. El encuentro con poblaciones indígenas fue impactante y con sus modos de comportamiento muy dispares, pues hubo unos primeros contactos que podíamos denominar amables hasta otras situaciones de máxima crueldad. Los españoles se encontraron con prácticas que les parecieron aberrantes como la antropofagia, la venta y pago de deudas con mujeres y los sacrificios humanos en algunos pueblos como los caribes, mayas o mexicas. Se abre en Burgos un debate muy intenso sobre qué es ser “persona” y en este sentido la Escuela de Salamanca, que reunía pensadores de prestigio, contribuyó a avances filosóficos de primer orden concluyendo que todos los individuos, incluidos aquellos de los que se discutía la condición humana por tener prácticas aberrantes, eran personas con igualdad de derechos y por lo tanto objeto de protección de los reyes.

¿Qué problemas hubo para que se proclamaran las Leyes Nuevas de 1542?

Las Leyes Nuevas para el “ buen tratamiento y conservación de los indios” , que así se llamaban, promulgadas por el emperador Carlos V trataron de corregir situaciones de abuso e injusticia como las encomiendas, que era el sistema vigente desde la Edad Media de concesión para la explotación de minas, pesquerías de perlas o grandes explotaciones agrícolas y ganaderas pensadas para promover la expansión y poblamiento de territorios conquistados, en las que se establecía el deber de trabajar de algunos indios siempre amparados por derechos como el salario justo, el descanso, o la prohibición de trabajar a menores de 14 años y mujeres embarazadas. Los derechos contemplados en estas leyes no siempre se respetaron a pesar de que había una institución singular española que era el “visitador de indios” con la función de vigilar el respeto a estos individuos. Debido a las continuas quejas e informes que le llegaban al rey emperador Carlos V, éste optó por extinguir la transmisión hereditaria de las encomiendas, pero esto suponía privar a muchos pobladores españoles de su medio de vida. Por ello tuvo lugar la sublevación armada de notables españoles como Gonzalo Pizarro que fue atajada por otros pobladores españoles, pero sobre todo por indígenas al servicio del Rey de España.

Por no acatar esas leyes, se ejecutó a miembros de la alta sociedad a garrote vil como Gonzalo Pizarro o Francisco Girón. Por otro lado, se recompensó a nativos indígenas como Titu Atauchi por servir al rey en esta causa, nombrándole alcalde mayor con derecho a tener un ejército propio. Es decir, el elemento indígena se integró en las estructuras jurídicas y legales del reino cumpliendo con el cometido esperado por los reyes.

¿Qué era un juicio de residencia? ¿Quiénes pasaron por él?

Todos los servidores del rey se sometían al finalizar su servicio a un sistema de control que era el juicio de residencia para dar cuenta del cumplimiento de las leyes de indias, en especial del tratamiento a los indios y de la liquidación del quinto real a la Corona. Este sistema era eficaz porque admitía denuncias, incluso de personas que no conocían los hechos directamente sino por simples referencias y que, en un principio, debían residir en aquellos lugares donde se formulaban las denuncias. El castigo más habitual era la inhabilitación para servir de nuevo al rey (“ser deservido el rey”), y ahí se acababa no solo la carrera del servidor sino las oportunidades de hacer fortuna. Desde Hernán Cortes, hasta Pedro y Alonso de Heredia, o virreyes como Solís, todos se sometieron a ese control. Podía acabar incluso con la muerte, como fue el caso del Regidor de Oaxaca, Peláez del Berrio o Pedro Alonso Niño, que acompañó en el primer viaje a Colón, o de Nuño de Guzmán, presidente de una Audiencia y rival de Hernán Cortes, que murió encarcelado.

¿Qué fueron las compilaciones de Derecho Indiano de 1680?

La Recopilación de 1680 de las Leyes de Indias promulgada por Carlos II en San Lorenzo de el Escorial fue una sistematización de las leyes de Indias para mejor comprensión y aplicación de las normas. En 1805, poco antes de las independencias de América se promulgó una “novísima” recopilación. A las recopilaciones de las leyes de Indias, no solo contribuían los mejores juristas del reino, sino posiblemente del mundo, porque abarcaban estudios sobre realidades que eran totalmente desconocidas o distantes para los otros reinos. Por ejemplo, el derecho internacional marítimo nace ahí, porque se impuso la necesidad de regular el tráfico marítimo entre los diversos continentes y cuáles eran los derechos de los navegantes.

¿Fue la Iglesia un contrapoder en Indias?

Absolutamente. Y además fomentado por los mismos reyes que conocían de sobra sus reinos y sus vasallos. El equilibrio de poderes no lo inventó Montesquieu como hemos creído. Los reyes fomentaban la libertad de enviar informes y memoriales al Rey y al Consejo de Indias, incluso este derecho lo tenían los caciques nativos o gobernadores indios, que los hubo con la misma categoría que los españoles, como el gobernador de los txacaltecas que debía ser un indígena nativo por imperativo legal. El que fuera presidente de la academia de la Historia de EEUU, Lewis Hanke, decía que era asombrosa la “libertad” de información que imponían los reyes españoles, hasta el punto de que es uno de los motivos propagadores de la leyenda negra. El poder político y el religioso se sabían vigilados mutuamente y era temida la acción del poder real en casos de desviaciones o abusos de autoridad.

¿Qué leyes desarrollaron Inglaterra, Francia, Holanda o Portugal para sus colonias? ¿Por qué las leyes de indias son diferentes?

No hay nada parecido en estos casos, y otros imperios no prestaron apenas atención a los derechos de los nativos. Se ejercía básicamente el derecho de conquista y eso suponía el derecho absoluto del conquistador sobre bienes y personas. En materia de derechos de menores, por ejemplo, las leyes de Burgos de 1512 imponen la prohibición de trabajar a menores de 14 años y hasta el año 1805 en la ley fabril inglesa no se impone la prohibición de trabajar a menores de 9 años en lugares “no ventilados”, por ejemplo. El historiador norteamericano de finales del siglo XIX, Charles Lummis, decía que la legislación española en América era infinitamente más humana y progresiva que las de Inglaterra, Francia y las trece colonias de los EEUU juntas y que el ejemplo de España debía avergonzar a esos países.

¿Cuál fue la legislación sobre encomiendas, trabajo y tierras comunales?

La mano de obra era necesaria, pero muy escasa, al iniciarse las nuevas actividades productivas en América que habían sido concedidas mediante el sistema de encomiendas a algunos pobladores españoles, y eso condujo a dictar leyes que obligaban a los indios a trabajar pero con derechos “laborales” como por ejemplo, 40 días de descanso por cada 5 meses de trabajo. El sistema para buscar trabajadores llevaba a menudo a la imposición del trabajo al indígena, que eran reclutados por los caciques indios, que cobraban por ello. Se produjeron abusos y hay que destacar que siempre hubo españoles, sobre todo religiosos, que lo denunciaron. No obstante, conviene tener en cuenta que el sistema de encomiendas afectó a un porcentaje escaso de la población indígena y la práctica totalidad de pueblos nativos mantuvieron sus formas de vida. En 1570 en Lima, había censados 5.000 españoles y solo había 20 familias de encomenderos. Entre ellos un indígena, Carlos Melchor Inca, descendiente del emperador inca Huayna Capac o la hija del emperador Moctezuma, Isabel de Moctezuma que era la encomendera más importante de Nueva España.

¿Qué perdieron los indios con las independencias? ¿Es cierto que Emiliano Zapata reclamaba las leyes de indias sin saberlo cuando luchaba por los ejidos perdidos?

Me puedo remitir a lo dicho por el diplomático nicaragüense Augusto Zamora en su excelente libro “Malditos libertadores” que las nuevas republicas americanas acabaron con un ordenamiento legal que protegía a los indios y que era mucho mejor a lo que vendría después. Los indios perdieron derechos y privilegios del ordenamiento indiano español, que, con sus defectos, sirvió de protección a los pueblos indígenas. En las nuevas republicas se impuso el principio de igualdad de todos y eso abrió la puerta a acabar con el estatus diferenciado que disfrutaban muchos pueblos indios. No es casualidad que la población indígena luchase mayoritariamente a favor del Rey de España y que algunos dirigentes americanos con marcado carácter “racista” iniciaran el exterminio de indios en el siglo XIX como por ejemplo el presidente argentino Sarmiento o el mismo Bolívar con los indios pastusos, cuya liquidación ordenó por mostrar una fidelidad inquebrantable al Rey de España, lealtad mucho mayor que la que le dieron los propios peninsulares o hijos de españoles en América

¿Se estudian las leyes de Indias en alguna asignatura de la carrera de derecho?

Lamentablemente no. Están completamente ignoradas y es una laguna imperdonable. Salvo alguna honrosa excepción que me consta en universidades de Argentina, esta ingente y decisiva legislación que tanto ha contribuido al desarrollo humano está en el ostracismo más absoluto. Estudiamos en las facultades normas que tuvieron mucha menos incidencia y vigencia que las leyes de Indias. Es imperdonable y afecta mucho a la comprensión del mundo, las relaciones políticas e incluso las relaciones comerciales entre países que han compartido un pasado común.

¿Cómo cree que podrían llegar al público no especialista en derecho o historia?

No es necesario tener conocimientos de historia o derecho para sentir interés por este compendio legislativo que sirvió de elemento de vertebración de un continente y también de Filipinas. Simplemente hay que tener inquietud por conocer la verdad. Basta con una correcta divulgación de todos los actores sociales en sus respectivos ámbitos pues tenemos derecho a conocer el pasado y toda la verdad. Las leyes de Indias son la “bomba atómica” que acabaría con la leyenda negra que tanto afecta a todos los ámbitos. Mucho más de lo que nos imaginamos. Ya es hora de acabar con tanta ignorancia y ocultación de estos episodios de la Historia mundial.

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