Las empresas de la provincia registraron en 2022 un total de 876.761 días de baja por enfermedad o accidente laboral de los trabajadores, según la información que recopila el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que indica que el año pasado se incrementaron los procedimientos iniciados tanto por contingencias comunes como por siniestros ocurridos en el lugar de trabajo o ‘in itinere’, así como por enfermedades profesionales.
En este sentido, el total del sistema de protección de la Seguridad Social, incluyendo la información facilitada por las mutuas colaboradoras, sumó en 2022 un total de 20.872 procesos de incapacidad temporal iniciados por alguno de los motivos anteriores, lo que supone 4.681 más que en 2021, año en el que los días de baja contabilizados ascendieron a 780.166.
Hay que tener en cuenta que, en lo relativo a las contingencias comunes —enfermedad común o accidente no laboral— la población protegida ascendió a 51.100 trabajadores el año pasado, frente a 50.660 de 2021.
En el caso de los accidentes laborales y enfermedades profesionales la protección se extendió a 62.142 trabajadores en 2022, 42 menos que en 2021.
Hay muchos tipos de contingencias comunes que pueden motivar una incapacidad temporal con derecho a prestación por parte de los trabajadores afectados, aunque desde las mutuas señalan que las causas más habituales de una baja laboral son catarros, molestias intestinales y enfermedades de salud mental, así como lumbalgias y cervicalgias en determinadas actividades.
Señalan, además, que “todas son difíciles de valorar. Nos encontramos con dos personas iguales que con un mismo diagnóstico tienen un comportamiento distinto”.
Accidentes laborales
Los accidentes laborales y enfermedades profesionales motivaron el año pasado un total de 3.719 procesos de incapacidad temporal o bajas laborales en las empresas.
En este caso, la duración media de la baja en la provincia fue de 30,83 días, un poco por encima de la media autonómica (29) pero por debajo de la media estatal (32).
En cuanto a los días de baja totales fueron 115.257 y en casi 72.000 los trabajadores en situación de incapacidad temporal fueron varones, frente a 43.300 mujeres.
Respecto a las contingencias comunes, en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, fueron 15.592 los procesos iniciados el año pasado, con una duración media de 41,55 días, por debajo de la media del conjunto de Castilla y León (48) pero superior a la media estatal (38).
La prevalencia por cada 1.000 trabajadores protegidos se sitúa en la provincia en 37, por debajo de las medias autonómica y nacional, ambas por encima del 43.
Al finalizar 2022 permanecían de baja laboral por contingencias comunes 1.890 trabajadores.
En cuanto a los días de baja acumulados en 2022 por los 15.269 procesos finalizados en ese mismo ejercicio, fueron en total 634.375, siendo en este caso superior la cifra correspondiente a mujeres en situación de baja laboral (8.893 que suman 389.351 jornadas).
Prácticamente la totalidad de trabajadores autónomos están protegidos en el sistema de Seguridad Social por mutuas colaboradoras. En total, al finalizar 2022 eran 13.361 y se iniciaron 1.561 procesos de incapacidad temporal por contingencias comunes, con una duración media de 82,93 días (por debajo de la media de Castilla y León y estatal). También la prevalencia se situó por debajo, en 28,59 por cada 1.000 trabajadores protegidos frente a 38,40 en la Comunidad Autónoma y 37,72 del territorio nacional.
A 1 de enero de este año permanecían de baja por este concepto 382 autónomos, según la estadística ministerial.
Por covid
Hay que tener en cuenta que casi 4 de cada 10 incapacidades temporales estuvieron relacionadas todavía el año pasado con el covid. Fueron 8.210 de los procesos iniciados en 2022, que motivaron casi 90.000 días de baja, con una mayor incidencia entre las mujeres (5.256 procesos y 47.092 días de baja laboral).
La prestación por incapacidad temporal corre a cargo del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), una mutua colaboradora o una empresa autorizada para colaborar en la gestión. Para enfermedad común o accidente no laboral, el abono del subsidio entre los días 4 a 15 de baja en el trabajo, ambos inclusive, corresponde al empresario, aunque hay algunas excepciones (sistema especial de empleados/as del hogar, etc.). A partir del día 16 de baja, esa responsabilidad incumbe al INSS o a la mutua, en su caso, aunque el pago delegado lo continúa llevando a cabo el empresario.
Novedades
El 1 de abril entró en vigor una importante modificación cuyo objetivo es simplificar los trámites relacionados con las bajas por enfermedad (Incapacidad Temporal o IT). A partir de esa fecha, el facultativo que expide el parte médico de baja, confirmación o alta entrega a la persona trabajadora tan sólo una copia del mismo y este no tiene que trasladar ese parte a la empresa, ya que esta lo puede descargar del Fichero INSS Empresas.
Por otro lado, la nueva Ley Orgánica 1/2023 de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo reconoce nuevas causas que pueden dar lugar a una situación de incapacidad temporal en el caso de las mujeres trabajadoras: menstruación severa o incapacitante acreditada, así como los periodos posteriores a la interrupción del embarazo y el embarazo en sí desde el primer día de la semana 39.
Coste
En cuanto al coste que suponen las prestaciones por incapacidad temporal por contingencias comunes para la Seguridad Social, se ha duplicado desde 2005 y supera ya los 10 millones de euros en el conjunto del Estado, eso a pesar de que el incremento de trabajadores protegidos no ha seguido la misma evolución. La causa está en el incremento salarial (salario mínimo, etc.) y, sobre todo, en el aumento de la duración media de los procesos iniciados, que guarda relación con el covid y las patologías asociadas.
Un estudio realizado por la AMAT (Asociación de Mutuas de Accidente de Trabajo) determinó que para las empresas, el coste medio, a nivel nacional, de una incapacidad temporal por contingencias comunes se situó ya en 2021 entre 19,77 euros (si se optó por asumir el coste de oportunidad sin proceder a la sustitución de la persona de baja) y 11,24 euros si optó por contratar a un sustituto.
