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La Justicia andaluza aparta a Mercedes Alaya de la investigación de los ERE

por Redacción
14 de octubre de 2015
La Sala de Gobierno del TSJA entendió “conveniente” llevar a cabo la reducción de la instrucción en el caso ‘ERE’. / EFE

La Sala de Gobierno del TSJA entendió “conveniente” llevar a cabo la reducción de la instrucción en el caso ‘ERE’. / EFE

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La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acordó ayer por unanimidad proponer al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que la medida de apoyo judicial para el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla quede limitada a la comisión de servicio que ya viene desarrollando el magistrado Álvaro Martín y que se reduzca a una sola comisión el refuerzo de este órgano judicial, lo que implicaría revocar la comisión de servicio concedida inicialmente a la juez Mercedes Alaya para investigar los ERE fraudulentos y el delito societario de Mercasevilla.

En un comunicado, el Alto Tribunal Andaluz informó de que la Sala de Gobierno acordó elevar al CGPJ el informe solicitado respecto a la medida de apoyo en el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, cuya titular es María Núñez Bolaños, “en el que se analizan y valoran las circunstancias que se han producido” y donde, tras diversas valoraciones previas, “se acuerda someter a la consideración del CGPJ que la medida de apoyo judicial quede limitada a la comisión de servicio que ya viene desarrollando un magistrado”, en referencia a Álvaro Martín.

Este magistrado “quedará integrado plenamente en el refuerzo para la tramitación” de tres ‘macrocausas’, como serían el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos tramitados por la Junta de Andalucía, las irregularidades en los cursos de formación y los avales y préstamos concedidos por IDEA, todo ello “sin perjuicio de otras medidas de refuerzo y de colaboración futura”.

La Sala de Gobierno entendió “conveniente” el plan de refuerzo inicialmente diseñado para el Juzgado, por el que se asignó el caso ERE y el delito societario de Mercasevilla a la juez Alaya, pero consideró que el mismo deberá variar por “las especiales circunstancias que concurren, determinadas por vicisitudes posteriores al primitivo Acuerdo de 23 de junio”.

La Sala de Gobierno, que remitirá al Congreso General del Poder Judicial el contenido íntegro del informe para su aprobación, no precisó cuáles serán estas “vicisitudes” generadas tras el acuerdo de 23 de junio en este determinado caso.

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