La cantante Isabel Pantoja, que ingresó en la prisión de la sevillana localidad de Alcalá de Guadaíra, el día 21 de noviembre de 2014 para cumplir una condena de dos años de cárcel por un delito de blanqueo de capitales, comenzó ayer a disfrutar del tercer grado penitenciario que le concedió la Audiencia Provincial de Málaga. Este periodo de libertad comenzó tras culminar ayer el cuarto permiso de seis días fuera de la cárcel, correspondiente al segundo grado en el que se encontraba clasificada antes de la concesión. Así, el pasado lunes, Pantoja salió de la prisión para disfrutar de dicho permiso. Ayer acudía, acompañada de su hermano Agustín, a la prisión de Alcalá de Guadaíra, ya que se cumplían los seis dias que la tonadillera podía disfrutar en libertad.
No obstante, y dado que ya cuenta con el tercer grado, la cantante volvlió a salir de la citada cárcel alrededor del mediodía para disfrutar de ese régimen de semilibertad. Un régimen que conlleva que la tonadillera tendrá que dormir en prisión de lunes a viernes, por lo que los fines de semana podrá pernoctar en su domicilio. La Junta de Tratamiento de la cárcel de Alcalá de Guadaíra remitió el pasado jueves al juez de Vigilancia Penitenciaria el expediente de la cantante Isabel Pantoja, a fin de que decida si le concede la libertad condicional en cumplimiento del nuevo Código Penal después de haber conseguido el tercer grado penitenciario.
Y es que el nuevo Código Penal establece que, en los casos de los internos primarios con penas inferiores a tres años de cárcel que han obtenido el tercer grado o régimen de semilibertad, la Junta de Tratamiento remitirá el expediente al juez de Vigilancia Penitenciaria para que éste decida si concede o no la libertad condicional. Asimismo, la Junta de Tratamiento acordó en su reunión del jueves el régimen de vida del tercer grado de Isabel Pantoja, optando por el régimen “normalizado”.
Para que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga concediera el tercer grado penitenciario a la cantante, fue “esencial” el que la tonadillera haya “asumido la responsabilidad del delito”. De esta forma, estimó el recurso de apelación presentado por la defensa contra la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Sevilla de denegar este régimen de semilibertad. En este caso, la decisión tomada por el Tribunal, pudo contar con el informe a favor de la Fiscalía sevillana.
En el auto, la Sección Segunda de la Audiencia malagueña se refirió a sus manifestaciones previas sobre el delito de blanqueo de capitales y a su repercusión social. En ese sentido, y señaló que la clasificación prematura en tercer grado “puede afectar a los fines de la pena y conseguir pervertirlos”, además de “proyectar a la comunidad la sensación de vaciamiento”. Pero, también se señaló en dicha resolución firme que, en este caso, en la cantante concurren las circunstancias de “buen comportamiento mantenido desde su ingreso en prisión y una buena evolución personal”; además de que ha hecho un uso “correcto” de esos permisos penitenciarios.
Asimismo, indicó que Pantoja, que es una “delincuente primaria”, ya ha cumplido “más de la mitad de la condena de dos años que le fue impuesta”, al tiempo que “cuenta con apoyo familiar y posee ingresos económicos procedentes de sus actividades profesionales y artísticas”. También se señaló que “viene cumpliendo el compromiso de pago de la multa que le fue impuesta”, ascendente a 1.147.148,96 euros . Pero sobre todo incidió en que en el informe emitido por la trabajadora social, educador y jefe de servicios médicos y miembros de la Junta de Tratamiento consta que la cantante “ha asumido la responsabilidad del delito cometido”.
