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La Audiencia Nacional vuelve a rechazar la prisión a Rodrigo Rato

por Redacción
17 de febrero de 2015
en Nacional
El expresidente de Bankia

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La Audiencia Nacional volvió a rechazar que el expresidente de Caja Madrid y Bankia, Rodrigo Rato, ingrese en prisión incondicional porque no se desprende de sus viajes a Suiza que haya “llevado a cabo” un intento de fuga durante los dos años en los que se investiga la fusión y salida a Bolsa de la entidad intervenida.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal confirmó la decisión del juez Fernando Andreu de no enviar a Rato a la cárcel en contra de la petición de Unión, Progreso y Democracia (UPyD), que requería prisión sin fianza al entender que sus viajes al país helvético, la elevada pena a la que se enfrenta y el avanzado estado de la instrucción permiten inferir un riesgo de fuga.

En un auto, conocido ayer, los magistrados consideraron “evidente” que “ni de los viajes al extranjero del imputado puede desprenderse ese hipotético riesgo de fuga ya que no consta que no haya retornado al país, se haya sustraído de la acción de la Justicia o no haya comparecido ante aquella cuando hubiere sido llamado”.

Intento de fuga

“En otras palabras, no se ha llevado a cabo intento de fuga alguno, ni menos consumado, máxime cuando han transcurrido más de dos años desde el inicio de la instrucción”, prosiguieron los magistrados, para recalcar que la existencia de los indicios de delito, no resulta “suficiente” para acordar una medida «tan gravosa» como la solicitada.

Los magistrados explicaron que la naturaleza del delito y la gravedad de la pena no constituyen por sí mismos elementos suficientes para imponer la prisión provisional y deben ponderarse con otros datos, como la situación familiar, laboral y económica del imputado. “Las características personales del inculpado y las particulares circunstancias que concurren en el caso, no hacen en el presente supuesto, sino alejar o disminuir el citado peligro de fuga”, añadieron los magistrados.

Dicho esto, concluyeron que el juicio no es inminente por la complejidad de la causa y el elevado número de imputados. “Dicho dato temporal por sí solo tampoco sería indicativo de riesgo de fuga e incluso no es menos cierto que el paso del tiempo puede producir los efectos contrarios, en el caso de que por ejemplo no se corroboren los iniciales indicios incriminatorios existentes”, agregaron, para descartar un riesgo de destrucción de pruebas o de reiteración delictiva. El juez Andreu rechazó el pasado diciembre el ingreso en prisión incondicional de Rato en un auto en el que recriminó al partido la búsqueda de “notoriedad”. “La tranquilidad social” no pueden perseguirse.

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