La Audiencia Nacional declaró ayer nula la orden ministerial sobre el canon digital que regula desde 2008 los soportes sujetos al pago de esta tasa por copia privada y las cuantías en cada uno de ellos, según informaron fuentes jurídicas.
En la resolución, la sala de lo Contencioso-Administrativo justifica su decisión argumentando que la orden que lo regula es un reglamento y que, por tanto, su aprobación requería determinados trámites relativos a memorias justificativa y económica y un dictamen del Consejo de Estado que no se hicieron.
La Audiencia considera que la norma está afectada «de vicio radical», aunque rechaza «por falta de competencia» la pretensión de los recurrentes de que se devuelva lo recaudado por el canon.
Con la orden ministerial sobre la tasa, aprobada en junio de 2008, se pretendía compensar a los autores por los ingresos que dejan de percibir cuando se hace una copia de su obra, y por eso grava los soportes susceptibles de almacenar cualquier tipo de creación.
Los recurrentes argumentaban que ésta vulneraba la Constitución y la Ley de Propiedad Intelectual, y sostenían que la tasa daña principios como el de igualdad ante la ley, la libertad de empresa, el libre acceso a la cultura y la ciencia o la defensa de los intereses de las organizaciones profesionales.
El Tribunal de Justicia de la UE dictaminó el pasado octubre que el sistema aplicado en España «no era conforme» al derecho europeo en el supuesto de que los soportes de reproducción sean adquiridos por empresas o profesionales para fines distintos a la copia privada, aunque reconocía su legalidad en el caso de los particulares.
La Audiencia de Barcelona fue la primera en aplicar la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE y, el pasado 3 de marzo, dictaminó que la tienda de informática Padawan estaba exenta de reclamar el gravamen que le exigía la SGAE por la venta de soportes digitales.
Para adaptarse al derecho comunitario, el Gobierno está estudiando una reforma de la regulación del canon digital con el objetivo de tener lista esta revisión en el plazo de tres meses.
De hecho, desde mediados de enero, dos grupos de trabajo, uno centrado en derechos reprográficos y otro en derechos audiovisuales y fonográficos, buscan posibles soluciones para adecuar el canon digital a la normativa comunitaria.
Por su parte, las entidades de gestión de derechos destacan que la resolución «no cuestiona la legalidad de la tasa» y se plantean recurrir dicho fallo.
También, el presidente de la patronal de la industria tecnológica Ametic señaló que la sentencia es «un tremendo varapalo al Gobierno», que debería aceptarlo y legislar de nuevo para evitar la inseguridad jurídica.
A este respecto, la Unión de Consumidores de España reclama que se devuelva a los usuarios el importe abonado por este concepto.
